Un juez federal rechazó frenar la orden de aprehensión librada contra el ex director de la Agencia de Investigación Criminal (AIC), Tomás Zerón de Lucio, quien es imputado por la Fiscalía General de la República (FGR) como presunto responsable de los delitos de tortura, desaparición forzada de personas y contra la administración de la justicia.
José Fernando García Quiroz, juez Octavo de Distrito en Materia de Amparo y Juicios Federales en el Estado de México, negó un amparo al ex funcionario de la entonces Procuraduría General de la República (PGR).
En su demanda, Tomás Zerón alegó que su presencia en el Río San Juan, en Cocula, el 28 de octubre de 2014, fue apegada a la ley, diligencia en la que se localizó una bolsa de plástico con restos óseos, a partir de una declaración de Agustín García Reyes, El Chereje, uno de los presuntos jefes de sicarios del grupo criminal Guerreros Unidos.
El ex titular de la AIC también cuestionó las declaraciones rendidas el año pasado por El Chereje, así como la actuación del titular de la Unidad de Investigación y Litigación del Caso Ayotzinapa, Omar Gómez Trejo, porque ordenó la integración de diversas investigaciones por la desaparición de los estudiantes de la Escuela Norma Rural “Raúl Isidro Burgos” de Ayotzinapa.
Tomás Zerón señaló que Omar Gómez, antes de desempeñar el cargo de fiscal fungió como secretario ejecutivo del Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes (GIEI), motivo por el cual existe una causal de impedimento para llevar a cabo funciones de investigación.
Lo anterior, “porque ahora (el fiscal) investiga y antes denunció, lo que evidencia falta de parcialidad”.
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Indicó que la fiscalía del caso Ayotzinapa se abstuvo de hacer del conocimiento del juez de control del Centro de Justicia Penal Federal en el reclusorio Oriente que libró la orden de captura, todos los datos de prueba que existen en la carpeta de investigación, “por lo que, al decidir no incorporarlos su totalidad, transmitió una versión parcial de los hechos con apariencia de delito, con lo que transgredió el principio de presunción de inocencia”.
El ex director de la AIC también dijo que la afirmación del órgano investigador, en el sentido de que él sabe dónde se encuentran los restos de los estudiantes desaparecidos, porque “sino de dónde sacó los restos óseos” del Río San Juan, propició que el juez responsable dejara de emitir un acto debidamente motivado, respecto de los datos de prueba.
Sin embargo, el juez José Fernando García declaró infundados los alegatos de Tomás Zerón, porque recalcó que el GIEI fue creado por Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) para brindar asistencia técnica internacional, cuyo objetivo principal de sus integrantes era la de ser fiscalizadores de las acciones concretas desarrolladas por el Estado.
El juzgador puntualizó que incluso, la función de Omar Gómez Trejo como secretario ejecutivo del GIEI y como actual titular de la Unidad de Investigación y Litigación del Caso Ayotzinapa, son diferentes, “pues en el primero de los cargos, su función se limitó a ser la conexión para facilitar las labores que los expertos debían realizar en su tarea de investigación, mientras que actualmente, está facultado para la investigación de los hechos relacionados con la desaparición de los 43 estudiantes normalistas”.
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