Tribunal declara infundado recurso de Zhenli Ye Gon por residencia en Las Lomas

El 11 de agosto autoridades federales vendieron el inmueble localizado en calle Sierra Madre número 515, donde en 2007 se localizaron 205.5 millones de dólares que después causaron abandono y pasaron a la Federación.

Zhenli Ye Gon, empresario chino acusado de importar químicos para producir metanfetamina. | Araceli López
Rubén Mosso
Ciudad de México /

Un Tribunal Colegiado declaró infundado el recurso de queja que promovió el empresario chino Zhenli Ye Gon, quien buscaba revertir la decisión de una juez federal que desechó un amparo contra la venta de su residencia en la colonia Lomas de Chapultepec, alcaldía Miguel Hidalgo

Por unanimidad, los magistrados del Quinto Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito determinaron que la resolución de la juez Quinto de Distrito de Amparo en Materia Penal, Patricia Marcela Diez, estuvo fundada, ya que la demanda de garantías de Zhenli fue interpuesta de manera extemporánea.

El 11 de agosto, las autoridades federales vendieron el inmueble localizado en calle Sierra Madre número 515, donde en 2007 se localizaron 205.5 millones de dólares que después causaron abandono y pasaron a la Federación.

Ye Gon promovió un amparo donde señaló que se enteró del caso por los medios de comunicación de la venta de su propiedad, “de manera arbitraria, sin darme oportunidad de defensa, despojándome de mis más elementales garantías, sin cumplir con las formalidades del procedimiento, sin notificación y acuerdo previo, violando mis derechos de debido proceso, legalidad, seguridad jurídica y presunción de inocencia”, detalla la demanda.

Anteriormente, Zhenli había promovido otros recursos que fueron radicados en otros juzgados donde intentó acreditar la propiedad del inmueble con copias de comunicados de prensa, de causas penales y con una columna periodística. 

Incluso ofendió en diversas ocasiones al juez Tercero de Distrito de Amparo en Materia Penal, Augusto Octavio Mejía Ojeda, por negarle una suspensión provisional, por lo que el Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal le ordenó conducirse con respeto.

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