La reforma a la Ley Orgánica de la Administración Pública que crea la figura de los súperdelegados llega hoy al Senado para su análisis en comisiones y te presentamos diez puntos clave para entender la nueva figura propuesta por Morena que fluctúa entre la Secretaría de Bienestar y la Oficina de la Presidencia.
“Estos nuevos delegados se llamarán representantes, estarán en la oficina de representación y esa oficina de representación estará a cargo de los súper delegados, y serán estos súper delegados quienes designarán a los representantes de cada Secretaría o dependencia del gobierno federal o estatal”, dijo la diputada Marta Tagle, de acuerdo con el Diario de los Debates.
Los 'superdelegados'
1. Los ‘supedelegados’ son una nueva figura de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, aprobada la madrugada de hoy por la mayoría de los diputados, que pertenecerán a la Secretaría de Bienestar, pero al mismo tiempo estarán adscritos a la Oficina de la Presidencia.2. El presidente contará con las Delegaciones de Programas para el Desarrollo que tendrán a su cargo la coordinación e implementación de programas, funciones de atención ciudadana y la supervisión de los servicios y programas que ejercen algún beneficio directo a la población.
3. Las delegaciones de Programas para el Desarrollo estarán adscritas, jerárquica y orgánicamente, a la Secretaría de Bienestar y los titulares serán desinados por el secretario de Bienestar, a propuesta de la coordinación General de Programas para el Desarrollo, que estará en la Oficina de la Presidencia.
4. Algunas delegaciones federales continuarán existiendo, pero ahora se llamarán Oficinas de representación.
5. De acuerdo con el dictamen, actualmente operan 2 mil 300 delegaciones, subdelegaciones y oficinas de representación de diversas dependencias y entidades de la administración pública federal que ejercen más de 5 mil 300 atribuciones.
Habrá 180 días de transición para que la estructura administrativa de las delegaciones quede constituida y que las dependencias y entidades presenten un análisis de costos y beneficios sobre la necesidad y viabilidad de mantener las oficinas de representación.
6. Los representantes serán responsables de entregar beneficios sociales a la población y deberán informar a la Delegación de Programas para el Desarrollo.
7. Las Delegaciones de Programas para el Desarrollo tendrán como función coordinar las tareas de entre las autoridades estatales y municipales con el Ejecutivo Federal.
8. Las nuevas delegaciones supervisarán los programas que ejercen algún beneficio directo a la población de acuerdo con los lineamientos de la Secretaría de Bienestar, pero responden a la Coordinación General de Programas para el Desarrollo que a su vez, estará bajo el mando del Presidente.
9. Los titulares de la Delegación de Programas para el Desarrollo son los ‘súperdelegados’ y recibirán información sobre altas y bajas en los padrones de beneficiarios, así como los resultados de su evaluación proveniente de los representantes.
10. También contarán con el padrón de beneficiarios de la entidad federativa correspondiente por municipio y localidad y el calendario de entrega de apoyos por entidad federativa.
Aquí puedes consultar la Minuta con con proyecto de decreto que enviaron los diputados al Senado.
OVM