Recomienda regular tema de aborto, pero no desde la Constitución

Mercedes Iglesias Bárez, profesora de derecho constitucional de la Universidad de Salamanca, España, dijo que el tema es complicado, ya que entran cuestiones éticas, morales y religiosas.

Mercedes Iglesias Bárez, profesora de derecho constitucional de la Universidad de Salamanca, España. (Raúl Palacios)
César Cubero
Monterrey /

De acuerdo con Mercedes Iglesias Bárez, profesora de derecho constitucional de la Universidad de Salamanca, España, reconocer el derecho a la vida del nasciturus (término jurídico que designa al ser humano concebido y no nacido) restringe el derecho de la mujer y su maternidad.

Con ello, expresó la especialista tras instalarse el Consejo Consultivo Internacional de la carrera de Derecho, de la facultad de Derecho y Criminología (Facdyc) de la Universidad Autónoma de Nuevo León, lo más recomendable es que en la Constitución ni se reconozca el derecho al aborto, ni el derecho a la vida desde la concepción.

"Existen muy pocas constituciones que reconozcan, prácticamente ninguna que yo conozca, que reconozca como tal un derecho al aborto.

"Pero reconocer un derecho fundamental del nasciturus también me parece que restringe el derecho de la mujer de elegir sobre su propia maternidad", señaló la española.

Sin embargo, reconoció, sí debe existir regulación en el tema, pero, insistió, no se debe hacer la misma desde la Constitución.

"Este es un tema realmente complicado, porque entran cuestiones éticas, morales, religiosas, y es difícil en ese sentido regularlo, yo sí creo que se debe regular, otra cuestión es que se deba hacer a través de la ley, de la Constitución.

"Yo no creo, en ese sentido, ni que se deba reconocer el derecho al aborto en la Constitución, ni tampoco el derecho a la vida del nasciturus en las constituciones", destacó.


Por su parte el peruano Jorge Elías Danós Ordóñez, profesor de la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica de Perú, y también parte del citado Consejo, instalado este día, precisó que existe en la Constitución de su país desde el año 1994 esta protección a la vida desde el momento de su concepción.

Lo cual, indicó, va más allá del "llamativo" tema de la penalización del aborto, y gira en torno de las políticas públicas y mecanismos de protección constitucional que el estado debe establecer, en especial, "en madres gestantes".

Esta situación, que el día de ayer tuvo su clímax en Nuevo León al votar el Congreso del estado a favor de reformar el artículo 1 de la Constitución de la entidad, aseguró, ya no es de polémica ni de impacto en Perú, sino que ahora los temas que preocupan a las mujeres de ese país gira en torno a ideología de género, mecanismos de igualdad, y equidad político electoral.

De igual forma, precisó, existen los marcos legales para no penalizar el aborto en situaciones especiales.

En tanto que Óscar Lugo Serrato, director de la Facdyc, consideró que se pudieran presentar controversias constitucionales sobre la reforma aprobada, dado los antecedentes de criterios en la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

"Hay que ver el contenido exacto, porque ya hay criterios de la Corte en donde sí puede haber contradicción con lo que se haya resuelto en el Congreso (del Estado de Nuevo León)", comentó el directivo universitario.

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