Activistas celebran que deudores alimentarios no puedan aspirar a cargos públicos

Las activistas reconocieron que esta decisión ayuda a impedir que los agresores usen posiciones de poder para seguir violentando a las mujeres.

Activistas se pronunciaron a favor de la lucha en contra de deudores alimentarios. Foto: Archivo/Especial
Azucena Rangel
Ciudad de México /

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró constitucional que los deudores alimentarios puedan aspirar a cargos públicos; esto luego de que a mediados del año pasado la Comisión Nacional de Derechos Humanos emitió la recomendación 98/2022 la cual aseguraba que era violatorio a los derechos humanos que no pudieran acceder a cargos públicos.

En entrevista para MILENIO, Yndira Sandoval, integrante de Las Constituyentes MX, reconoció esta decisión de la SCJN, la cual abona para impedir que los agresores usen posiciones de poder para seguir violentando a las mujeres.

"Al ser declarada constitucional por la Corte eso nos da condiciones legales y en el marco de derechos humanos, para que así podamos cerrarle el paso a los deudores en la toma de decisiones y en los espacios públicos", precisó.

Asimismo, mencionó que con esta resolución se ratifica el carácter legal de la iniciativa "3 de 3 contra la violencia", que tiene como finalidad impedir que los deudores alimentarios, así como agresores y acosadores de mujeres accedan a un cargo de elección popular.

Por su parte, a través de redes sociales, Diana Luz Vázquez, promotora de la "Ley Sabina" que busca sancionar a deudores alimentarios reconoció el avance que se dio esta tarde en la Corte.

"Hoy la SCJN hizo justicia a las infancias y a las madres de este país. Ningún deudor alimentario a cargos públicos ni como candidatos", expresó por medio de su cuenta de Twitter.

Durante su ponencia en la Corte, el ministro Alberto Pérez Dayán reconoció que la finalidad de la norma es desincentivar el incumplimiento de las obligaciones alimentarias, lo cual en si es constitucionalmente válido, pero además; dijo que es una medida que puede abonar en el pago de pensiones alimenticias.

"Si bien el estado establece medidas especificas para prevenir y sancionar la morosidad, en materia de alimentos al prever la figura del deudor alimentario y tipificar esta situación como delito, así como la inclusión de este en el registro de deudores alimentarios de Yucatán; también lo es que el requisito es necesario para reforzar el cumplimiento del pago de alimentos", expresó Pérez Dayán.

Por su parte, la ministra Loreta Ortiz se pronunció a favor de la propuesta siempre y cuando se lea como una condición temporal y no como una restricción permanente para acceder a los cargos públicos, la cual puede ser subsanada si quién aspira al cargo público logra desvirtuar la morosidad de su deuda alimentaria.

Con nueve votos a favor y dos en contra, la Suprema Corte de Justicia de la Nación avaló una reforma de junio de 2022 a varias leyes en Yucatán, en las que estableció el requisito de "no ser deudor alimentario" para cargos tanto de elección popular como de designación.

EHR

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