Corte: aerolíneas deben indemnizar a pasajeros por demoras

La Segunda Sala validó las obligaciones que establece la Ley de Aviación Civil, la cual menciona que deben respetarse los derechos de los pasajeros.

Sesión de la Suprema Corte (Archivo Cuartoscuro)
Rubén Mosso
Ciudad de México /

La Suprema Corte de Justicia de la Nación abrió la puerta para que todos los usuarios de aerolíneas en México exijan compensaciones o indemnizaciones cuando se vean afectados en demoras o cancelaciones de vuelos. 

La Segunda Sala de la Corte validó las obligaciones que establece la Ley de Aviación Civil para que se respeten los derechos de los pasajeros, entre ellos, que la prestación del servicio sea en condiciones de eficiencia, seguridad y eficacia.   

En los últimos días varios pasajeros se han quejado en redes sociales por los retrasos de sus vuelos o cancelaciones, situación que también le ocurrió al presidente electo, Andrés Manuel López Obrador durante sus giras de trabajo. 

Por unanimidad, la Sala negó dos amparos promovidos por las empresas aéreas Lan Perú y Trans American Airlines, quienes impugnaron el estatuto. Los proyectos de sentencia fueron presentados por los ministros Javier Laynez Potisek y José Fernando Franco González Salas

Los ministros coincidieron que son válidas las normas que mencionan la cantidad que, por concepto de indemnización, debe pagar una aerolínea a los pasajeros, la cual debe incluir todos los cargos que le fueron pagados al momento de la compra del boleto, incluyendo los impuestos relativos. 

Las aerolíneas también tienen la obligación...

  • Transportar en forma gratuita los instrumentos o herramientas que requieran los pasajeros con discapacidad.

  • Transportar en forma gratuita a los menores de dos años acompañados de un mayor de edad.

  • Tienen la obligación de contar con módulos a través de lo que los pasajeros puedan acceder en forma completa a la información relativa a sus vuelos, derechos y, en su caso, demoras o indemnizaciones.

  • Deben permitir que los pasajeros cancelen sus vuelos dentro de las 24 horas siguientes a la compra devolviéndoles en su caso el costo total del boleto.

  • Deben permitir que los pasajeros que no utilicen el primer tramo de sus vuelos "redondos" o de ida y vuelta o los que tengan conexión con alguno otro, utilicen el segundo tramo.


bgpa

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