AMLO acaba con imposición mediática presidencial sobre tiempos en radio y TV

El 1 de julio de 1969, el presidente Díaz Ordaz decretó un pago en especie de tres horas gratuitas para mensajes del Estado en esos espacios.

El presidente Andrés Manuel López Obrador. (Araceli López|Archivo)
Lorena López
Ciudad de México /

Son otros tiempos, no es el 68. Así ofreció el presidente Andrés Manuel López Obrador revisar el cobro del impuesto en especie a los concesionarios de la radio y la televisión, establecido por Gustavo Díaz Ordaz.

Desde el año pasado, al participar en la 60 Semana de la Radio y la Televisión, el presidente López Obrador ofreció a la Cámara de la Industria de la Radio y la Televisión (CIRT), revisar el impuesto en especie cobrado a los concesionarios y desde ese 7 de noviembre de 2019 adelantó que un gobierno democrático no requiere de propaganda.

Un año antes, aún en campaña previo a su triunfo del 1 de julio de 2018, en ese mismo foro se pronunció por usar bien los tiempos oficiales y que no todo fuera política, ni avalar al gobierno, ya que su administración no requeriría propaganda.

Este viernes, el mandatario anunció la firma de un acuerdo para liberar a las estaciones de radio y televisión de la difusión obligatoria de 30 y 18 minutos, respectivamente, por concepto de tiempos fiscales. Aceptó la caída en los ingresos de esas empresas y dijo que comercializar esos espacios ayudaría a evitar la pérdida de empleos en el sector.

Y a pesar de que hay quienes han criticado el anuncio del presidente López Obrador –por desconocer u ocultar la verdad– la eliminación de tiempos fiscales beneficia a las audiencias y a la sociedad, pero no generarán recursos publicitarios a la radio y la televisión debido a que esos tiempos no son comercializables, debido a que la ley también establece el máximo de espacios a vender.

La decisión presidencial permitirá incrementar los tiempos destinados a contenidos de información y entretenimiento beneficiando a las audiencias, mientras podrán seguir utilizando sus tiempos los poderes Judicial y Legislativo, así como los Órganos Autónomos y a través de los tiempos oficiales, continuará la transmisión puntual de campañas del Estado Mexicano, sin costo en los medios concesionados.

El 31 de diciembre de 1968, casi tres meses después de los sucesos en Tlatelolco, Díaz Ordaz apretó también a los medios y decretó cobrar a los concesionarios de radio y televisión, un impuesto de 25 por ciento de sus ingresos como beneficio especial. Ante reclamos de los concesionarios, el 1 de julio de 1969, Díaz Ordaz lo cambió por un pago en especie de tres horas gratuitas para mensajes del Estado.

Ese pago de tiempos fiscales en especie de 12.5 por ciento del tiempo total de transmisión, se mantuvo hasta 2002, cuando Vicente Fox decretó disminuirlo a 18 minutos para las emisiones de televisión y 30 para radio.

Se trata de los tiempos fiscales, un pago de impuesto federal en especie realizado por empresas de radio y televisión que operan concesiones comerciales, administrados por la Secretaría de Gobernación.

Pero no se trata de la única contribución de la radio y la televisión al interés público. También existen los tiempos de Estado que, en tiempos no electorales, consisten en la transmisión gratuita diaria de 30 minutos en televisión y 60 en radio -a transmitirse en segmentos de 20 segundos y cinco minutos- dedicados a temas educativos, culturales y de interés social, que también administra Gobernación.

Además, desde 2007, en periodo de proceso electoral, el INE dispone de 48 minutos adicionales diariamente en cada estación de radio y canal de televisión, también en el horario comprendido entre las 6 de la mañana y las 12 de la noche, para difundir campañas, precampañas o mensajes de los partidos políticos en contienda.

La ley también obliga a los concesionarios de medios electrónicos a transmitir gratuita y preferentemente los mensajes de cualquier autoridad para conservación del orden público o en emergencia, información de seguridad nacional, salubridad general o protección civil o de embarcaciones o aeronaves que soliciten auxilio y encadenar las estaciones para transmitir informaciones de trascendencia nacional.

Los concesionarios también pagan anualmente derechos por trámites y por el uso del espectro radioeléctrico por los enlaces entre estudio y estaciones móviles remotas, por cada frecuencia utilizada por una estación transmisora.

Además paga una contraprestación por la concesión, previo al lanzamiento de una licitación pública. La industria ha propuesto reformas para que ese pago se realice en anualidades y no en una sola exhibición y que pueda participarse en una licitación con un compromiso de pago y no habiéndolo hecho previamente.

Esa propuesta de pagos anuales como contraprestación, también se ha hecho para el pago de prórrogas de la concesión.

La industria también había propuesto eliminar esos tiempos fiscales y ha demostrado que en ningún país del mundo existe un impuesto así por parte de un concesionario del gobierno: no ceden parte de sus productos o servicios las líneas aéreas, las minas o los ferrocarriles, por ejemplo.

No hay pago en especie al Estado por los concesionarios de radio y televisión en Argentina, Estados Unidos, ni España. En Venezuela el Estado puede ordenar la transmisión gratuita de sus mensajes.

kvd

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