AMLO no descarta solicitar consulta para juzgar a ex presidentes

La Mañanera

El Presidente afirmó que en caso de que se lleve a cabo una consulta, él votaría en contra.

El presidente Andrés Manuel López Obrador en La Mañanera de 24 de agosto. (Cortesía)
José Antonio Belmont
Ciudad de México /

El presidente Andrés Manuel López Obrador no descartó que, de acuerdo con sus facultades, solicite una consulta pública para juzgar a ex mandatarios por algún delito, pues explicó que el procedimiento puede solicitarlo el jefe del Ejecutivo, una tercera parte de legisladores de la Cámara de Diputados o Senadores o dos por ciento de los ciudadanos inscritos en el padrón electoral, es decir, aproximadamente un millón 500 mil. 

"Lo mejor sería que las firmas las aportaran los ciudadanos; la segunda posibilidad es que lo hagan legisladores y la tercera es que lo solicite el presidente. Yo voy a esperar hasta el final, pero no descarto la posibilidad de hacerlo porque es democracia, aunque yo vote en contra de que se juzgue a los ex presidentes", aseveró. 

En La Mañanera desde Palacio Nacional, el mandatario detalló que, de acuerdo con la ley, para hacer una consulta ciudadana sólo hay un plazo para solicitarla que va del 1 al 15 de septiembre de cada año.

"Afortunadamente, o desafortunadamente, como se quiera ver, se está a tiempo porque legalmente no se podría solicitar después; incluso yo creo que es del 1 al 15 durante un año electoral", indicó. 

Informó que para la consulta "hay dos fechas, se tiene que decidir sobre eso: una es el día de la elección, en este caso la elección federal del año próximo es en junio, primer domingo de junio, ahí ese día se estaría consultando, es una pregunta nada más, 6 de junio, ese día; o parece que el 1 de agosto es la otra fecha, en eso se tienen que poner de acuerdo. Bueno, estoy informando a tiempo". 

Abundó que en el caso que la solicite el presidente o los legisladores, se requiere la aprobación en el Congreso, aunque dijo que "no tengo claro si es mayoría simple o dos terceras partes, son de las cosas que se tienen que revisar". 

"Entonces, si es solicitud de los ciudadanos que reúnan la firma antes del día 15 de septiembre, de millón 500, millón 600 mil, ya no pasa por la aprobación del Congreso, sólo tiene que aprobarse la solicitud en el caso de que haya solicitado el presidente o los legisladores.
"El caso de que sean los ciudadanos, no pasa ya a aprobación, va directo a la Corte; también la solicitud, si se aprueba en el Congreso, va a la Corte y la Corte dictamina si es constitucional, es decir, si procede, y si procede, va al INE para organizar la consulta", puntualizó.

icc

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