AMLO publica en DOF desaparición del Insabi; IMSS-Bienestar lo sustituirá

El decreto entra en vigor mañana 30 de mayo de 2023; derechos laborales serán respetados conforme a la ley.

AMLO publica en DOF desaparición del Insabi; IMSS-Bienestar lo sustituirá. | Juan Carlos Bautista
Ciudad de México /

El presidente Andrés Manuel López Obrador firmó el decretó y lo publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Salud, para regular el Sistema de Salud para el Bienestar.

Con esto, se hace oficial la desaparición del Instituto de Salud para el Bienestar (Insabi) y con ello Servicios de Salud del Instituto Mexicano del Seguro Social para el Bienestar (IMSS-Bienestar) colaborará con la Secretaría de Salud en lo que respecta a la prestación gratuita de los servicios de salud, medicamentos y demás insumos asociados que requieran las personas sin seguridad social.

"El organismo público descentralizado Servicios de Salud del Instituto Mexicano del Seguro Social para el Bienestar (IMSS-Bienestar) es la institución de salud del Estado Mexicano encargada de la prestación gratuita de servicios de salud, medicamentos y demás insumos asociados para la atención integral de las personas que no cuenten con afiliación a las instituciones de seguridad social, en el supuesto de concurrencia con las entidades federativas, con independencia de los servicios de salud que prestan otras instituciones públicas o privadas", detalla el Artículo 77 bis 35, de la Ley General de Salud. 

En el decreto dado a conocer en la edición matutina de hoy, se establece que entrará en vigor al día siguiente de su publicación, es decir, el 30 de mayo de 2023

"La Secretaría de Salud realizará las gestiones que resulten necesarias para llevar a cabo la extinción del Instituto de Salud para el Bienestar", establece en el cuarto transitorio, tercer párrafo. 

El decreto también establece que los derechos laborales del personal del Insabi que sea transferido al IMSS-Bienestar o a la Secretaría de Salud, se respetarán conforme a la ley, las condiciones generales de trabajo y la demás normatividad aplicable.

El cuarto transitorio de dicho decreto explica que la Secretaría de Salud, en un plazo no mayor a 180 días naturales contados a partir de la entrada en vigor del Decreto, emitirá las disposiciones que, entre otros aspectos, establezcan los términos plazos y condiciones para llevar a cabo la transferencia de los recursos humanos, presupuestarios, financieros y materiales, así como de los inmuebles, derechos y obligaciones del Insabi al IMSS-Bienestar o la Secretaría de Salud, según corresponda.

El 25 de abril, el pleno de la Cámara de Diputados aprobó el proyecto de decreto y fue enviado al Senado para sus efectos constitucionales.

En una sesión polémica, los senadores ratificaron en esa misma semana lo aprobado por los diputados. 

JLMR 

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