El gobernador Alejandro Armenta Mier envió una iniciativa de reforma al Congreso local para establecer la distribución de las regidurías plurinominales para el próximo proceso electoral.
En sesión de la Comisión Permanente se recibieron las propuestas del Ejecutivo estatal para hacer adecuaciones en el Código de Instituciones y Procesos Electorales, así como en la Ley Orgánica Municipal.
De esta manera se pretende establecer que la ciudad de Puebla tendrá un total de 15 regidores, de los cuales 11 serán elegidos por voto popular, mientras que los otros cuatro se asignarán por la vía plurinominal.
Aquellos municipios de la entidad poblana que tengan más de 90 mil habitantes según el último censo de población y vivienda, tendrán ocho regidurías de mayoría relativa y hasta cuatro de representación proporcional.
Este criterio aplicará para lugares como Tehuacán, San Martín Texmelucan, San Andrés Cholula, Atlixco, San Pedro Cholula, Huauchinango, entre otros.
Para las demarcaciones de 60 mil a 90 mil, se propone que sus Cabildos cuenten con ocho regidores electos y tres plurinominales. Mientras que en el resto de los territorios serán seis espacios para perfiles electos por voto y únicamente dos por el principio de representación proporcional.
La propuesta enviada por Armenta Mier también contempla candados dirigidos al nepotismo, al establecer la prohibición de participar por un cargo de elección popular a nivel municipal para aquellas personas que tengan o hayan tenido en los últimos tres años un vínculo de matrimonio, concubinato o unión con la persona que esté ejerciendo el cargo al que aspira.
Esta medida también aplica en los casos de parentesco sanguíneo o civil en línea recta sin tener límite de grado, en línea colateral hasta el cuarto y en segundo cuando sean casos de afinidad.
Regula criterios de reelección
Dentro de los artículos transitorios de la reforma, se establecen los criterios para los funcionarios municipales que pretendan reelegirse en su cargo, ya que anteriormente este tema era regulado por los lineamientos del Instituto Electoral del Estado y no por una ley.
Según lo propuesto por Armenta Mier, aquellos perfiles que busquen una elección consecutiva únicamente podrán hacerlo por el partido que los postuló o por alguno que haya formado parte de la coalición o candidatura común.
Este criterio no aplicará en aquellos casos en los cuales la autoridad municipal haya renunciado o perdido su militancia antes de la mitad de su período de gobierno.
Cabe recordar que en el proceso electoral de 2024, el IEE estableció las mismas restricciones, las cuales fueron impugnadas por Movimiento Ciudadano ante la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
En aquella ocasión, las autoridades electorales determinaron que los presidentes municipales que fueron postulados por un partido político y solamente eran simpatizantes, no estaban sujetos a la restricción de reelección por la misma fuerza política, por lo que podían buscar su elección consecutiva por un partido contrario.
AAC