Alejandro Armenta propone iniciativa para transparentar elecciones internas

La iniciativa busca que se respeten los derechos constitucionales de todos los ciudadanos que participen como candidatos de elección popular; además de que se acaten los principios constitucionales de certeza, legalidad e imparcialidad.

Diputado de Morena propone iniciativa para transparencia en elecciones internas. (Archivo).
Silvia Arellano
Ciudad de México. /

El senador del partido Movimiento Regeneración Nacional (Morena), Alejandro Armenta, propuso una iniciativa de reforma para garantizar que en las elecciones internas de los partidos políticos, se respeten los derechos constitucionales de todas las personas que participen para candidatos de elección popular, a través de procedimientos y reglas.  

El legislador expuso que además de buscar que se acaten los principios constitucionales de certeza, legalidad, imparcialidad, independencia y equidad, la propuesta permitirá que las personas se puedan defender ante los órganos competentes de cualquier violación a sus derechos políticos electorales.

Las modificaciones vienen en el inciso d del artículo 34 de la Ley General de Partidos Políticos, donde se define que es asunto interno de los partidos “los procedimientos y requisitos de manera clara y sucinta con convocatorias abiertas y reglas claras para la selección de sus precandidatos y candidatos a cargos de elección popular, permitiendo la participación y elegibilidad a los militantes, simpatizantes y todos aquellos que ostenten alguna personalidad reconocida dentro del ente político”.
De igual forma, se pide que se respete “el derecho de autonomía de cada partido político sin que se contraponga esa autonomía a los principios constitucionales de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, máxima publicidad, objetividad, transparencia y equidad”.
Armenta Mier subrayó que se debe respetar y permitir que los militantes, simpatizantes y todos aquellos que ostenten alguna personalidad dentro de un partido participen en los procesos internos, por lo que en la adición del inciso a, del numeral 1 del artículo 228 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales establece que los entes políticos deberán expresar “de manera clara y sucinta los criterios y requisitos con los que versará la elegibilidad y selección de sus candidatos", para garantizar el derecho de votar y ser votado.
 Y en la modificación al numeral 6 del mismo artículo de dicha ley, enfatiza la importancia de “acatar y ponderar en los procedimientos los principios constitucionales, con el objeto de preservar los derechos políticos electorales de cada uno de los aspirantes”.

En ese sentido, también precisó que los principios rectores en materia electoral deben prever que las autoridades administrativas y jurisdiccionales en el rubro deben gozar de autonomía en su funcionamiento e independencia en sus decisiones, y que su actuación debe regirse bajo los principios de certeza, imparcialidad, independencia, legalidad y objetividad.

​KT 

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