Desde este viernes 4 de diciembre, la Secretaría de Cultura podrá celebrar acuerdos interinstitucionales con órganos gubernamentales extranjeros para el traslado temporal al territorio nacional de bienes que sean considerados monumentos arqueológicos, artísticos o históricos, esto con fines de estudio o exhibición pública.
Según el decreto publicado hoy en la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación, esto se realiza previo acuerdo con el Presidente de la República y con la opinión favorable de la Secretaría de Relaciones Exteriores.
Para esto se adicionó el artículo 37 a la Ley Federal sobre Monumentos, y zonas Arqueológicas, Artísticos e Históricos del país.
El documento aclara que dicho traslado temporal deberá llevarse a cabo de conformidad con los instrumentos y disposiciones jurídicas aplicables en la materia.
Este decreto se da en el contexto de los preparativos para los festejos de la consumación de la independencia de México a 200 años así como los 700 años de la fundación de México-Tenochtitlán en los que se ha buscado traer del extranjero reliquias para dichos festejos.
JLMR