Con 30 votos a favor y siete en contra, la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados aprobó en lo general la reforma del llamado 'Plan C' para garantizar los derechos de acceso al agua, a la alimentación y a un medio ambiente sano que, entre otros aspectos, prevé la prohibición del maíz transgénico, así como de la minería a cielo abierto y la extracción de hidrocarburos mediante la fracturación hidráulica, conocida como 'fracking'.
No obstante, el grupo parlamentario de Morena presentó una reserva para establecer en el artículo 27 constitucional las excepciones a la prohibición del fracturamiento hidráulico:
“No se otorgarán contratos ni se realizará ningún otro acto administrativo que permita la extracción de hidrocarburos líquidos y gaseosos en yacimientos petroleros no convencionales mediante fracking o fracturamiento hidráulico, salvo en los casos que excepcionalmente determine el Ejecutivo federal a través del comité que señale la ley, por su carácter estratégico para el desarrollo nacional”.
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Por lo que hace a la minería a cielo abierto, el dictamen establece que tampoco se otorgarán concesiones para la exploración, explotación, beneficio, uso o aprovechamiento de minerales, metales o metaloides en minería a cielo abierto, salvo en los casos que excepcionalmente determine el Ejecutivo.
El proyecto considera asimismo una adición al artículo 4 de la Constitución Política para prohibir el maíz transgénico o genéticamente modificado:
“Toda persona tiene derecho a la alimentación nutritiva, suficiente y de calidad. El Estado lo garantizará. El maíz, elemento de identidad nacional, como alimento básico destinado al consumo humano y su cultivo deben ser libres de transgénicos y de cualquier otra modificación genética, debiendo para ello priorizar su manejo agroecológico”.
A propuesta de la mayoría morenista en la comisión dictaminadora se agregó un artículo transitorio para precisar que, a partir de la entrada en vigor del decreto, el ingreso al país de maíces genéticamente modificados con destino distinto al consumo humano “únicamente debe permitirse en su modalidad de maíz quebrado, grano fragmentado de manera que carezca de capacidad para germinar”.
La importación de maíz quebrado puede exceptuarse siempre que se cuente con una evaluación de los riesgos a la salud, subraya.
La reforma constitucional propuesta por el presidente Andrés Manuel López Obrador reconoce igualmente el derecho al acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable, asequible y preferente sobre cualquier otro uso.
El Estado garantizará este derecho y la ley definirá las bases, apoyos y modalidades para el acceso y uso equitativo y sustentable de los recursos hídricos, estableciendo la participación de la federación, las entidades federativas y los municipios, así como de la ciudadanía para la consecución de dichos fines.