La Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados aprobó por unanimidad la reforma al artículo 2 de la Carta Magna para reconocer a los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas como sujetos de derecho público, con personalidad jurídica y patrimonio propio.
De acuerdo con el dictamen avalado con 37 votos de legisladores de todos los grupos parlamentarios, las modificaciones y adiciones constitucionales representan el reconocimiento pleno de los derechos indígenas y afromexicanos.
“Es una proclamación de los derechos de los pueblos y comunidades indígenas y obligaciones del Estado acerca de esos derechos que son fundamentalmente respetar, reconocer su organización y sus normas para darse la vida en los términos históricos en que ellos han estado conviviendo en el interior de cada una de sus comunidades”, puntualizó el legislador morenista Juan Ramiro Robledo, presidente de la comisión dictaminadora.
El proyecto fue turnado a la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, con la intención de que sea discutido y votado por el pleno en la próxima legislatura.
Entre otros aspectos, la reforma incorpora a la Constitución el derecho de las comunidades a la consulta libre, previa, informada culturalmente adecuada y de buena fe respeto a medidas legislativas y administrativas que puedan causar afectaciones e impactos significativos en su vida o entorno, con la finalidad de obtener su consentimiento o llegar a un acuerdo.
“La importancia de prever esta figura radica en que sean consultados los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanos para obtener su consentimiento o se llegue a un acuerdo para la realización de proyectos que ameriten la actividad del Estado vía concesiones, permisos, autorizaciones o cualquier medida administrativa o legislativa, y en caso de que se otorguen a particulares con fines de lucro, reciban un beneficio y así evitar abusos en su contra”, señala la exposición de la iniciativa.
La reforma fortalece asimismo el reconocimiento a los sistemas normativos y especificidades culturales de los pueblos para decidir sus formas internas de gobierno y elegir autoridades, resolver conflictos internos, promover las lenguas indígenas y practicar la medicina tradicional, entre otros aspectos.
Respecto al acceso a la justicia, se obliga a las instituciones jurisdiccionales a garantizar el derecho de las personas indígenas a ser asistidas y asesoradas por personas intérpretes, traductoras, defensoras y peritas especializadas en derechos indígenas, pluralismo jurídico, perspectiva de género y diversidad cultural y lingüística.
Tras la aprobación en lo general del dictamen, representantes de diversas comunidades indígenas agradecieron la aprobación unánime de la reforma para saldar una deuda histórica con dichos grupos.
RLO