Cambios de género: una realidad en NL

Procesos. En los últimos 3 años hasta 158 personas han podido cambiar su género administrativamente; la clave, aseguran los involucrados, es evitar la discriminación.

Los menores pueden optar a este procedimiento legal, con consentimiento de sus padres. cuartoscuro
Kevin Recio
Monterrey /

A los ojos de todos, Nuevo León es visto como un estado conservador en temas tabú, como la sexualidad.

A pesar de esto, 158 personas transexuales lograron cambiar la identidad de su acta de nacimiento desde 2017 a la fecha. De estas, 8 son menores de edad.

El Registro Civil de Nuevo León y el Poder Judicial estatal, los encargados de estos trámites administrativos, explicaron que quienes inician el proceso son sometidos a una entrevista, para identificar que lo hacen por voluntad propia y no por presiones.

El juez de Primera Instancia del Juzgado Virtual de lo Familiar, Raúl Farfán Bocanegra, detalló que 150 personas adultas realizaron una diligencia; siendo los hombres los más interesados, obteniendo 84 sentencias para cambiar su identidad a mujer y 66 mujeres solicitaron ser reconocidas como hombres.

“La Corte Interamericana de Derechos Humanos, en una opinión consultiva OC-24/17 del 14 de noviembre del 2017 solicitada por la República de Costa Rica (Identidad de género, e igualdad y no discriminación a parejas del mismo sexo), en el que claramente se estableció el principio en el que la identidad de género no está sujeta a prueba, ya que cada persona tiene el derecho a definir de manera autónoma su propio identidad sexual y de género.

“La gente decía en el interior del Poder Judicial que estaba mal. Pero no, (yo) no estoy violando nada”, precisó Farfán Bocanegra.

Cabe señalar que esta modalidad de trámite es solo para las personas nativas de Nuevo León.

En tiempos del covid-19, al aceptarse la solicitud, el interesado debe conectarse por videoconferencia con el juez para que dé su consentimiento.

Una vez terminado el trámite, el juez Farfán Bocanegra ordena dictar sentencia, y se notifica al Registro Civil para que un día después se entregue el acta de nacimiento y la Clave Única de Registro de Población (CURP) al tramitador.

Fernando Marín Molina, director del Registro Civil, dijo que el costo del trámite es de 487 pesos y basta con llenar una solicitud en la que se pide fecha de nacimiento, ocupación, estado civil, dirección, teléfono y acta de nacimiento actual.

“La identidad es un derecho y es uno que permite estar en un estado de igualdad ante tus semejantes, y lo que sucede con la gente que es trans es que batalla para conseguir trabajo. Entran en un choque de identidad.

“Atendiendo ese principio de la Organización de los Estados Americanos (OEA), ya no se solicita ninguna prueba, ya que solamente se debe resolver atendiendo al consentimiento libre de la persona”, señaló.

Aunque el Registro Civil realiza anotaciones al margen cuando una persona hace una modificación en su acta, para casos como éstos no se ejecuta, para prevenir la discriminación.

“Nadie tiene por qué saber, únicamente se le cambia el género y nombre, el director del Registro Civil hace una anotación en el libro del estado, y el juez me ordena que realice la anotación marginal de que se cambió el género”, dijo Fernando Marín.

Hace un año, la Suprema Corte de Justicia (SCJN) otorgó a una persona un amparo para que el Registro Civil de Jalisco emitiera una nueva acta de nacimiento para modificar el nombre y género asentado en el acta original.

Los códigos civiles de Coahuila, Colima, Nayarit, Hidalgo y Michoacán fueron modificados abriendo la puerta para que la comunidad tránsgénero realice sus trámites.

Menores pueden hacerlo, con aprobación de padres

El Juzgado Virtual de los Familiar dio a conocer que en Nuevo León los menores de edad pueden realizar su cambio de género, siempre y cuando cuenten con el consentimiento de sus padres.

Se informó que 6 mujeres adolescentes cambiaron su identidad a hombre, mientras que 2 hombres cambiaron su identidad a mujer, sumando 158 personas.

En caso de no tener el consentimiento de los progenitores, el juez Raúl Farfán Bocanegra está facultado para otorgarle un abogado al menor para que se le  respeten sus derechos.

“A lo mejor no estamos de acuerdo con el trámite, pero nosotros tenemos que resolver el derecho de esa persona a una identidad y yo le puedo dar vista. En nada le afecta al Poder Judicial o al Registro Civil el hecho de que una persona pueda cambiar de género.

“Debemos darle vista al Ministerio Público que es el representante de la sociedad y aunque éste nos diga que no puede hacer cambios, no pueden”, finalizó.

El cambio no quita las deudas

Pese a que algunas personas creen que con un cambio de género pueden esquivar sus deudas, el Registro Civil estatal apuntó que si alguien cambia su identidad, los pendientes no se les exentan.

Fernando Marín Molina apuntó que el cambio corresponde al género, y no al individuo, pues si éste tiene deudas o alguna pensión alimenticia, deberá liquidar o mantener el gasto.

“El resultado del trámite judicial es una sentencia que obliga a todas las instituciones y dependencias de gobierno (Registro Civil, INE, SAT, Renapo, IMSS, Relaciones Exteriores, Infonavit, bancos, consulados) a realizar las modificaciones de nombres y sexo correspondientes”, se leyó en una diapositiva.

Si la persona está interesada en modificar toda su papelería administrativa como certificados escolares y pasaporte, deberá pagarlos de manera individual.

INE: sin cifras, pero con reglas

Pese a que el Instituto Nacional Electoral (INE) manifestó la inexistencia de cifras de personas transexuales/transgénero que hayan cambiado su identificación oficial, lo cierto es que creó un protocolo para garantizar la no discriminación.

En el documento de 42 páginas se establece que todas las personas transgénero que tengan credencial para votar vigente y estén inscritas en la Lista Nominal de Electores podrán emitir su voto el día de la elección.

“En ningún caso la falta de concordancia entre la expresión de género del o de la votante con la fotografía de la credencial para votar, o bien con el nombre o el sexo (hombre o mujer) asentados en ella podrá ser causa para impedir el voto”, se lee en el punto 5.

El órgano electoral a cargo de Lorenzo Córdova dijo que sus funcionarios de casillas deberán abstenerse de aplicar procedimientos adicionales para confirmar la identidad. 

¿Cuántas personas transgéneros hay en NL?

Autoridades judiciales indicaron que en el estado solo se necesita una entrevista para corroborar que el cambio no es por presiones

150 Adultos

8 Menores de edad

66 De mujer a hombre

84 De hombre a mujer

Total de casos 158


Fuente: Poder Judicial de Nuevo León

LAS MÁS VISTAS