De acuerdo con Sofía Velasco Becerra, presidenta de la Comisión Estatal de Derechos Humanos en Nuevo León (CEDHNL), la reforma a la Ley de Salud estatal aprobada por el Congreso local sobre la figura de la “objeción de conciencia” es discriminatoria.
Por lo cual, dijo, si el Estado decide vetarla, como ya lo adelantó el secretario general de Gobierno, Manuel González Flores, comparte esa decisión, la cual garantizaría el derecho a la salud para todas las personas.
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“A como está ahorita redactada, por supuesto que podemos señalar que se hace una discriminación”, puntualizó.
De igual forma, explicó en entrevista telefónica, en este tema, por un lado el Legislativo, una vez quede vetada la reforma, deberá de dejar muy claro en los casos en que los médicos pudieran recurrir a ese derecho de “objeción de conciencia”, ya que hasta el momento solo aparecen la situación de riesgo y emergencia.
Y por el otro, destacó, que al ser ambos casos una cuestión de derechos, se debe de hacer una ponderación de los mismos y garantizar el derecho a la salud para todos.
“Entiendo que la objeción de conciencia es un derecho que también lo pueden hacer valer los médicos; sin embargo, el derecho a la salud tiene que garantizarse, es decir, las instituciones de salud deberán tener personal como no objetor de conciencia para atender a todas las personas.
“Imagínate que en un hospital todos sean objetores de conciencia”, dijo Velasco Becerra.
Derivado de ello, comentó, la preocupación para la CEDH estatal es que con esta figura se impida el derecho a la salud de todas las personas y que esto se convierta en un pretexto para que los médicos decidan no atender.
Por lo que está de acuerdo con el veto anunciado por el Gobierno del Estado de Nuevo León, y que ello se traduzca en un trabajo más exhaustivo por parte de los legisladores locales.
“Claro, me parece que si el Estado decide vetarla está bien”, destacó.
La reforma aprobada a la Ley de Salud estatal por el Congreso local al artículo 48, en su inciso IV señala que:
"El personal médico y de enfermería que forme parte del Sistema Estatal de Salud podrá ejercer la objeción de conciencia y excusarse de participar en la prestación de servicios que establece esta ley.
“Cuando se ponga en riesgo la vida del paciente o se trate de una urgencia médica, no podrá invocarse la objeción de conciencia. En caso contrario, se incurrirá en la causal de responsabilidad profesional”, advierte.
Se une el Conapred contra reforma sobre “objeción de conciencia”
A través del comunicado No. 62/2019, el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred) alertó al Gobierno de Nuevo León sobre los tintes discriminatorios en que caería el estado, en caso de validar la reforma aprobada en el Congreso local a la Ley de Salud estatal sobre el derecho a la objeción de conciencia por parte de médicos y enfermeras.
“El Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred) alerta sobre la posibilidad de que la reforma al artículo 48 de la Ley Estatal de Salud de Nuevo León, se convierta en un impedimento para que todas las personas ejerzan plenamente su derecho a la salud.
“Recordamos a las autoridades del estado de Nuevo León que es su responsabilidad que existan prestadores de servicios en suficiencia, para que se realicen los procedimientos médicos a los que las personas tienen derecho, así como tomar las precauciones necesarias para garantizar la permanencia, constancia y calidad de los servicios médicos a los que está obligado”, destaca el comunicado.
Por último, el Conapred lanzó un exhorto a todas las autoridades para cumplir con su obligación y promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de todas las personas.