Un Juzgado de Distrito en Materia Administrativa concedió al Centro Mexicano de Derecho Ambiental, A.C. (Cemda) la suspensión definitiva en el amparo presentado en contra de la Comisión Federal de Electricidad (CFE), por el aumento desproporcionado de las Tarifas Porteo Estampilla para generadores de energía de fuentes renovables por concepto de servicio de transmisión a los usuarios.
“La suspensión es congruente con la responsabilidad de garantizar mejores condiciones de vida para las generaciones presentes y futuras.
Los impactos en el medio ambiente y en la salud de las personas expuestas a una mala calidad del aire por el uso de combustibles fósiles en la generación de electricidad así como las pérdidas y los daños de las comunidades por los efectos del cambio climático son cada vez mayores y requieren de decisiones proporcionales y alineadas con este escenario de vulnerabilidad”, dijo Gustavo Alanís Ortega, director ejecutivo de Cemda.
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En un comunicado, el Cemda explicó que el 10 de junio se publicó en el Diario Oficial de la Federación un aviso emitido por CFE, en el que se aumentaron las tarifas de manera desproporcionada “desde un 500 por ciento y hasta un 800 por ciento”, sustentando dicho aumento en una resolución emitida por la Comisión Reguladora de Energía (CRE).
Por ello, interpuso una demanda de amparo en contra del aviso emitido por CFE y de la resolución, al considerar que éstos desincentivan la generación, distribución y comercialización de energías limpias, aumentando de manera ilegal, desproporcionada e injustificada las Tarifas, y privilegiando la generación y consumo de energía a través de fuentes contaminantes, tales como las que se producen mediante combustibles fósiles.
Cemda informó que el Juzgado Primero de Distrito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, con residencia en la Ciudad de México, otorgó la suspensión definitiva para efectos generales, “resultando en que no se imponga a los generadores de energías limpias, el cobro de las nuevas Tarifas, teniendo derecho a pagar conforme a las vigentes con anterioridad”.
El Juzgado consideró, en términos generales, procedente otorgar la suspensión en virtud de que Cemda logró acreditar, entre otros aspectos, que el aumento de las Tarifas podría significar un retroceso en el avance que el Estado mexicano debe perseguir en materia de descarbonización de la generación y transición hacia la energía renovable, desincentivando las energías limpias y fomentado la generación mediante combustibles fósiles.
“Cemda celebra esta determinación del Poder Judicial de otorgar la suspensión definitiva en el amparo interpuesto. Ello permitirá que los proyectos de energía renovable sean viables pagando tarifas justas acordes para su incentivación, contribuyendo así a reducir las emisiones contaminantes provenientes de fuentes fósiles como el petróleo, que afectan la calidad del aire y contribuyen al calentamiento global”, comentó.
En ese sentido, Cemda sostiene la exigencia de que el gobierno federal cumpla con las obligaciones establecidas en la Ley General de Cambio Climático y en la Ley de Transición Energética, las cuales materializan los compromisos internacionales de México para incluir mayor cantidad de energías renovables en su matriz de generación, lo cual también permita disminuir la pobreza energética que padece un tercio de los hogares mexicanos.
De acuerdo con la Comisión Económica para América Latina (CEPAL), México es el segundo país latinoamericano con menor proporción de energías renovables en la oferta energética total, solamente detrás de Barbados.
La inversión en capacidad instalada renovable cayó 38% en 2018 y debido a la incertidumbre en el marco regulatorio es muy probable que la inversión se reduzca aún más.
FLC