La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) condenó los hechos de violencia con armas de fuego, palos y piedras, posteriores a la elección de presidente e integrantes del Concejo Municipal en Oxchuc, Chiapas.
La CNDH manifestó su preocupación por los hechos de violencia y exhortó al gobierno de Chiapas realizar con eficiencia, oportunidad e imparcialidad las investigaciones que permitan ubicar y procesar a los probables responsables de estos hechos.
Aunado a lo anterior reconoció el derecho a la libre autodeterminación y autonomía de los habitantes indígenas de Oxchuc, con relación a la forma para elegir autoridades municipales conforme a sus sistemas normativos.
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El derecho a la libre autodeterminación de los pueblos indígenas está previsto en el artículo 2º, apartado A, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 2, 5, 8 y 9 del Convenio 169; 3, 4 y 5 de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas; así como el 7º de la Constitución Política del estado de Chiapas, e implica que las comunidades indígenas pueden asumir el control de sus propias instituciones.
Por lo que, la Comisión Nacional llamó a las autoridades estatales y municipales a entablar los consensos que restituyan las condiciones de paz y concordia en la región, además de solicitar la urgente intervención de las autoridades federales para determinar alternativas de solución al conflicto.
EHR