CNDH emite recomendación a CEEAV de SLP por no otorgar protección a una víctima del delito

La víctima solicitó apoyo para alojarse en un inmueble de manera temporal, pues sufría amenazas por parte de un agresor, pero la CEEAV no otorgó el apoyo.

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Sandra Rojas
Ciudad de México /

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 23/2022 al encargado del despacho de la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas de San Luis Potosí (CEEAV-SLP), Miguel Ángel García Amaro, por las omisiones para proporcionar protección, auxilio y reubicar a una persona en un domicilio distinto, ante las amenazas relacionadas con el homicidio de su familiar.

En septiembre de 2020, la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) recibió una queja relacionada con este caso, en que la víctima denunciaba que la CEEAV-SLP había sido omisa en proporcionarle a ella y a sus familiares medidas de alojamiento en un domicilio distinto al que habitaba, toda vez que uno de los presuntos responsables del homicidio de su hijo vive cerca del inmueble y constantemente había recibido agresiones por parte de los familiares de aquel, poniéndola en riesgo permanente. Al tener conocimiento del caso, la CNDH determinó atraer la investigación.

La Comisión Nacional comprobó que la CEEAV incumplió con su obligación legal de prestar protección y auxilio a las víctimas, puesto que su solicitud de apoyo no fue analizada adecuadamente y su respuesta careció de fundamento y motivación.

Ante las evidencias obtenidas, la CNDH acreditó violaciones a los derechos humanos, a la seguridad jurídica y a la legalidad, atribuibles a servidores públicos de esa comisión, por lo que solicitó trasladar a las víctimas del caso a un alojamiento temporal donde no tengan contacto con la familia del presunto responsable.

Asimismo, pidió colaborar con la Contraloría General del estado en la queja de la CNDH, a fin de que se deslinden las responsabilidades y, en su caso, se determine la sanción a los funcionarios involucrados; elaborar un protocolo que permita a las víctimas ejercer su derecho a participar activamente en el diseño, implementación y seguimiento de las políticas que se adopten en su favor.

ROA

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