La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió una Recomendación al Instituto Nacional de Migración (INM) por violaciones a los derechos humanos a la seguridad jurídica y a la legalidad, así como al principio de no devolución en perjuicio de cuatro personas de nacionalidad cubana, quienes estaban en condición de refugiados en México y fueron deportados a su país de origen.
De acuerdo con la CNDH, el 1 de diciembre de 2022 recibieron un escrito de queja de una de las víctimas, quien señaló que el 8 de noviembre de 2022, en compañía de sus padres y su hermana, viajaba a bordo de un autobús de línea, cuando fueron asegurados por personal del INM, y aunque mostraron sus constancias de reconocimiento de la condición de refugiado emitidas por la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (Comar), las autoidades les dijeron que eran falsos. Tras esto, fueron detenidos y el 17 de noviembre y se les deportó a Cuba.
Posteriormente, derivado del análisis de las evidencias, este organismo nacional determinó que la autoridad no corroboró los documentos presentados por las cuatro víctimas, ni les realizó una entrevista mucho más profunda y minuciosa, para tomar la determinación que más les favoreciera, contraviniendo la disposición de que, tras haber acreditado su derecho a regularizar su estancia, la autoridad responsable debe otorgarles un oficio de salida con fines de regularización.
Además, la CNDH precisó que se debieron otorgar las condiciones necesarias para que las personas agraviadas pudieran interponer los recursos o juicios que fueran procedentes, ante la retención y posterior deportación a su país de origen de la cual fueron objeto, sin que se les garantizara su derecho de audiencia de manera adecuada y así poder defenderse de dichos actos.
Con base en lo anterior, la CNDH solicitó al INM que gestione la inscripción de las cuatro víctimas en el Registro Nacional de Víctimas y proceda a la inmediata reparación integral del daño, la cual incluya la medida de compensación, y que se les otorgue la atención médica y psicológica que requieran; además de que se analice y valore la documentación e información vinculada a la situación jurídica de las víctimas, con objeto de que se cancele su restricción de ingreso al territorio nacional emitida en sus respectivos procedimientos administrativos migratorios.
Finalmente, la comisión solicitó que se emita una circular al personal de la EM-Villahermosa del INM, en la cual se les exhorte a verificar que, si una persona cuenta con su documento emitido por la Comar que lo acredite como refugiado o asilado, dicho derecho sea respetado conforme a la normatividad; y se entable contacto con las víctimas para confirmar su pretensión de ingreso al país y, de ser el caso y previo consentimiento de éstas, se efectúen las gestiones necesarias para facilitar su ingreso a territorio nacional y puedan ejercer los derechos que les asistan.
DM