La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió una recomendación al comisionado del Instituto Nacional de Migración (INM), Francisco Garduño Yáñez, por el caso de una familia de nacionalidad venezolana que fue detenida y obligada a abandonar el país a pesar de que contaban con permiso para ingresar y permanecer en territorio nacional por un lapso de 180 días.
De acuerdo con la CNDH, se acreditó que elementos de ese Instituto vulneraron los derechos humanos a la seguridad jurídica, a la libertad personal y libertad de tránsito de dicha familia, integrada por dos personas adultas y dos menores de edad, quienes ingresaron legalmente al país el 8 de diciembre de 2021 por el Aeropuerto Internacional de Cancún, Quintana Roo.
En su investigación, la Comisión advirtió una integración deficiente de los Procedimientos Administrativos Migratorios (PAM) iniciados, dado que no obra la puesta a disposición de las víctimas y se desconoce si su aseguramiento fue producto de una verificación o revisión migratoria y si personal del INM se encontraba legalmente comisionado para tal labor, además de que omitieron realizar una consulta al Aeropuerto Internacional de Cancún, Quintana Roo, para verificar la autenticidad y legalidad de los documentos exhibidos por la familia.
Asimismo, luego de analizar la documentación recabada, personal de la CNDH acreditó que al momento de los hechos las personas menores de edad, de dos y siete años respectivamente, fueron sujetas al mismo procedimiento administrativo migratorio, sin que exista ninguna prueba de que se hubiera notificado al Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia (SDIF).
Ni que se haya solicitado la canalización de las víctimas a un centro de asistencia social, omitiendo observar el principio de máxima protección e inmediatez en favor de las personas en situación de vulnerabilidad y conculcando el principio de interés superior de la niñez.
Ante ello, la CNDH solicitó al comisionado de migración inscribir a la familia afectada ante la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas y, una vez que esta emita el dictamen correspondiente, se proceda a la inmediata reparación integral del daño, incluyendo una compensación y se les proporcione la atención psicológica que requieran.
Pero, además, se deberá colaborar en el seguimiento de la denuncia que este Organismo Autónomo presente ante el Órgano Interno de Control en el INM contra las personas servidoras públicas por las omisiones en que incurrieron e impartir, en el término de seis meses contados a partir de la aceptación de la Recomendación.
- Un curso integral sobre capacitación y formación en materia de derechos humanos, que considere el procedimiento administrativo migratorio.
- Las labores de revisión migratoria.
- La aplicación del principio del interés superior de la niñez con un enfoque de la infancia en contexto de movilidad internacional.
MbG