La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió una recomendación a la presidencia municipal de Cuautitlán Izcalli, Estado de México, por la muerte del actor Octavio Ocaña.
"Por el uso excesivo de la fuerza por policías municipales durante la persecución de un vehículo en el que viajaban tres personas, una de las cuales perdió la vida y dos más resultaron lesionadas (...); así como por omisiones en la preservación del lugar de los hechos y afectaciones al derecho a la intimidad e imagen pública de la víctima fallecida, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 71/2023 a la presidencia municipal de Cuautitlán Izcalli, Estado de México", explicó la defensoría nacional.
A través de un comunicado, la CNDH concluyó que en este caso existieron violaciones a los derechos humanos a la legalidad, seguridad jurídica e integridad personal por uso excesivo de la fuerza en agravio de tres víctimas y que derivó en la muerte de una de ellas.
La CNDH, presidida por Rosario Piedra Ibarra, formuló a la presidencia municipal de Cuautitlán Izcalli, Estado de México, siete recomendaciones:
- Colaborar en el trámite ante la Comisión Ejecutiva Estatal, para la inscripción en el Registro Estatal de Víctimas de las víctimas directas e indirectas.
- Otorgar atención psicológica y tanatológica que requieran las víctimas, tanto directas como indirectas, "por las acciones u omisiones que dieron origen a la presente Recomendación".
- Se colabore en el trámite y seguimiento de la denuncia administrativa que la CNDH presentará ante la Contraloría Municipal de Cuautitlán Izcalli, a fin de que inicie el procedimiento que corresponda en contra de cuarto personas autoridades responsables.
- Colaborar ampliamente en el seguimiento de las carpetas de investigación 1 y 2, así como las causas penales 1 y 2.
- Diseñar e implementar un curso integral sobre capacitación y formación en materia de derechos humanos que considere el uso ilegítimo de la fuerza en términos de la Ley Estatal sobre el Uso de la Fuerza Pública, la preservación del lugar de los hechos o del hallazgo y la cadena de custodia en términos del Protocolo Nacional y la Guía Nacional, así como el respeto al derecho a la intimidad y la imagen pública dirigido a los elementos policiales adscritos a la Dirección de Seguridad Pública y Tránsito de la Comisaría General.
- Se emita una circular dirigida al Comisario General de Cuautitlán Izcalli, Estado de México, en el que instruya a las personas titulares de las diferentes direcciones o corporaciones policiacas a su cargo, a cumplir 116/117 cabalmente con lo señalado en el Protocolo Nacional de Actuación Primer Respondiente y la Guía Nacional de Cadena de Custodia.
- Se designe a la persona servidora pública de alto nivel de decisión que fungirá como enlace con la CNDH, para dar seguimiento al cumplimiento de la recomendación.
En octubre de 2021, se dio a conocer que Octavio Ocaña falleció a los 22 años. El peritaje independiente, dado a conocer en marzo de este año, sobre la muerte del actor determinó que no se suicidó ni manipuló un arma de fuego, y contrario a la versión difundida por la Fiscalía del Estado de México, habría recibido un disparo de un arma superior al calibre .380 cuando se encontraba acostado sobre la carpeta asfáltica.
JLMR