CNDH no interpondrá acción de inconstitucionalidad contra la reforma judicial

La comisión afirmó que no defiende banderas políticas ni es comparsa de estrategias partidistas; eso era antes, hoy se debe al pueblo.

MC pide intervención de CIDH ante presiones de CNDH a favor de reforma electoral
Diego González Meza
Ciudad de México /

Luego de la promulgación de reforma al Poder Judicial, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) informó que no interpondrá una acción de inconstitucionalidad en contra de dicha reforma.

“Actores partidistas han tratado de presionar a esta Comisión Nacional a efecto de que interponga una acción de inconstitucionalidad que paralice los efectos de la reforma y así usar a este órgano autónomo para satisfacer ambiciones de grupo, ajenas a los intereses de las y los mexicanos”, señaló la CNDH en un comunicado.
“Esta reforma es esencial para transformar un sistema que, hasta hoy, ha permitido dilaciones en los procesos judiciales que impiden el acceso a una justicia pronta y expedita”, agregó.

Ante esto, la Comisión Nacional subrayó que la defensa de los derechos humanos “no es un circo” y que implica sobre todo en un país como México, “tener muy claro cuáles son las necesidades y las carencias del pueblo”.

Respecto al proceso legislativo de la reforma al Poder Judicial, la CNDH observó que “el proceso incluyó la celebración de diálogos nacionales, donde se expresaron diversos sectores de la sociedad en un amplio ejercicio de la democracia participativa”.

Además la CNDH profundizó en que el “análisis en la Cámara de Diputados y el Senado de la República fue exhaustivo y suficiente”. Todo esto a pesar de un ambiente por momentos ríspido y de los desafortunados intentos de violencia en el Senado.

La CNDH reiteró que no satisfacen agendas partidistas, “Lo dijimos desde un inicio, y lo hemos demostrado de sobra. No nos hemos prestado ni nos prestaremos a esa pobrísima visión del servicio público y de lo que es un organismo público de defensa de los derechos humanos”.

En este mismo marco, la CNDH señaló que “fue decisión soberana de la mayoría del pueblo” derivada del proceso democrático del 2 de junio. También recordaron que en nuestra historia contamos con antecedentes de elección democrática de los integrantes del Poder Judicial, concretamente en la Constitución de 1857, en la Sección III. "Del Poder Judicial".

En dicha sección se encuentran ,los artículos 90, 91, 92 y 93. Que sirven como antecedente de la elección, mediante el voto del pueblo, de los integrantes del Poder Judicial, “de hecho así funcionó por años. Y no era una elección que se hiciera en base a la popularidad(...) previo cumplimiento de requisitos que aseguraban la idoneidad de los aspirantes .

Para finalizar la CNDH realizó un resumen sobre el proceso del debate legislativo que la reforma al poder judicial dejó en el país; puntualizando que la Comisión “no defiende banderas políticas ni es comparsa de estrategias partidistas; eso era antes, hoy se debe al pueblo”.

GGAC

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