CNDH reitera petición de traslado de Mario Aburto a prisión en Baja California

Las autoridades primero habían aceptado las medidas cautelares, pero días después se dijeron imposibilitadas de trasladar a Mario Aburto al Cefereso “El Hongo” de Baja California.

La CNDH dijo que no es obstáculo que Aburto sea trasladado de un Cefereso estatal a uno federal, ya que la legislación lo contempla.
Sandra Rojas
Ciudad de México /

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) reiteró su petición al Órgano Administrativo Desconcentrado, Prevención y Readaptación Social (OADPRS) del gobierno federal para que se traslade a Mario Aburto Martínez, sentenciado como asesino material de Luis Donaldo Colosio, al Centro Federal de Readaptación Social (Cefereso) El Hongo, en Baja California, centro de reclusión más cercano a donde vive su familia.

“En una primera comunicación del 7 de mayo se nos había informado la aceptación de las medidas solicitadas para el traslado, mientras que en los documentos que se nos hicieron llegar el 10 de mayo se nos comunica que 'se encuentran jurídica y materialmente imposibilitados para llevar a cabo el cumplimiento de nuestra solicitud'. Un hecho atípico, no solamente el que unas medidas inicialmente aceptadas hayan sido declaradas inviables posteriormente, sino también por las razones con que se justifica la negativa”, señala en un documento la CNDH.

En ese sentido, el organismo autónomo recordó que su solicitud derivaba “no de una petición de traslado voluntario del interno, sino de una queja, interpuesta por él y por su familia, a la cual estamos dando debido seguimiento y en su momento desahogaremos cada una de sus partes”.

Además, la CNDH reconoció que las condiciones de reclusión de Aburto mejoraron tras la aceptación y cumplimiento de las medidas cautelares que había solicitado en su favor, pero indicó que si se acepta su traslado al Cefereso El Hongo, se daría pleno cumplimiento al mandato de garantizar sus derechos.

Del mismo modo, enfatizó que Aburto y su familia tienen derecho a tener contacto entre sí, lo cual implica proteger sus derechos a no ser objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada y su familia; comunicarse con el mundo exterior, especialmente con su familia y conceder, en la medida de lo posible, la petición de un recluso de ser encarcelado en un centro cercano a su domicilio, esto último según los postulados de la Ley Nacional de Ejecución Penal.


A este respecto, la CNDH consideró que, de no trasladar a Aburto al penal de El Hongo, su derecho a la seguridad se vería optimizado en un nivel bajo y la vulneración al derecho humano de purgar su pena en un lugar cercano a su domicilio y a convivir con la familia se vería afectado en un grado intenso. Pues la distancia entre el acusado y sus seres queridos ha provocado el alejamiento con su familia, en particular con su madre, quien tiene 27 años de no tener contacto alguno.

El organismo autónomo también estimó que no es obstáculo para el traslado que uno de los Centros de Readaptación sea federal y otro estatal, porque la legislación aplicable contempla dicha circunstancia mediante la celebración de acuerdos.

Finalmente, la Comisión explicó que se trata de un imperativo de derechos humanos, mediante el cual se hace justificable la aceptación de las medidas cautelares solicitadas por la CNDH, que lo que procuran es salvaguardar el derecho de Aburto Martínez a purgar su pena de prisión en el centro penitenciario más cercano al domicilio de su familia.

AESC

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