La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió una recomendación al director general del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), Zoé Alejandro Robledo Aburto, por las omisiones y negligencia en la atención médica a una mujer que presentaba miomas vaginales, estas acciones atribuidas a personal del Hospital Ginecopediátrico número 2 en Los Mochis, Sinaloa, con lo que se vulneró el derecho humano a la salud y, en consecuencia, la afectación a la integridad personal de la derechohabiente.
De acuerdo con un comunicado emitido por la CNDH, el 4 de abril de 2019, el esposo de la víctima presentó una queja ante esta Comisión Nacional, en la cual expuso que, el 13 de marzo de 2019 a su esposa le realizaron una cirugía en la que le retiraron el útero por presentar miomas y tras esto, personal médico le informó que, por error, le fue perforada la vejiga. Debido a ello, la mujer tuvo que utilizar una sonda por un lapso de 15 días y además de presentar infecciones en las vías urinarias, requiriendo cuidados permanentes durante un año.
“Por esta razón, la víctima requirió de una nueva cirugía que se realizó en agosto de 2019, así como de una serie de procedimientos y atención para corregir las anomalías cometidas por el personal médico del IMSS, situación que la obligó a acudir de manera reiterada a ese Instituto, sin que hasta la fecha la lesión haya sido reparada, por lo que los síntomas y malestares continúan vigentes afectando su estado de salud”, precisa el documento.
Por lo cual, en atención a los hechos y a las evidencias analizadas, la CNDH encontró elementos que acreditan la vulneración al derecho humano a la protección de la salud y, en consecuencia, a la afectación a la integridad personal en agravio de la mujer.
Y asimismo se advirtió que existió una inadecuada atención e intervención por parte del personal de salud del IMSS, considerando que, a partir de un diagnóstico médico, se omitió informar las alternativas de tratamiento que incluyeran procedimientos menos invasivos, que implicaran un menor grado de lesiones y complicaciones para la mujer, lo cual era posible, sin tener que acudir a un procedimiento extremo, como es la histerectomía.
Ante tales hechos, la CNDH solicitó al IMSS que, en coordinación con la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV), realice el trámite para la inscripción en el Registro Nacional de Víctimas, tanto de la víctima directa como de las víctimas indirectas, y proceda a la reparación integral de daño ocasionado, en términos de la Ley General en la materia.
Además, la CNDH pide que se proporcione la atención médica y psicológica que la mujer requiera, derivado de los hechos victimizantes por las violaciones a derechos humanos en su agravio, cabe mencionar que dicha atención a la víctima directa y víctimas indirectas deberá brindarse gratuitamente, de forma inmediata y accesible, con su consentimiento, ofreciéndoles información previa, clara y suficiente.
Además, el IMSS deberá impartir cursos de capacitación dirigidos al personal médico involucrado adscrito al área de Ginecología y Obstetricia, orientados a fortalecer sus habilidades médicas con perspectiva de género y derechos humanos, con el fin de que se prevengan hechos similares.
LG