Comisión en Senado aprueba no prescripción penal por delitos sexuales contra menores

Los senadores integrantes de las comisiones dictaminadoras remarcaron la obligación de homologar el marco jurídico interno para adecuarlo a los tratados internacionales celebrados por el Estado mexicano, en esta materia.

La no prescripción aplicaría para el lenocinio, pederastia, abuso sexual, entre otros. (Archivo)
Fernando Damián
Ciudad de México /

Las comisiones unidas de Justicia y de Estudios Legislativos Segunda del Senado de la República aprobaron una reforma al Código Penal Federal para establecer la imprescriptibilidad del ejercicio de la acción penal sobre delitos sexuales cometidos contra menores de 18 años.

La no prescripción aplicaría para el lenocinio, pederastia, abuso sexual, cópula con persona mayor de 15 años y menor de 18, así como la violación equiparada contra personas de ese rango de edad que no tengan capacidad de comprender el significado del hecho o por cualquier causa no pueda resistirlo.

Por la gravedad y consecuencias para la víctima, será también imprescriptible la acción penal para los delitos de distribución de pornografía infantil, corrupción de menores, pornografía y turismo sexual infantil, así como el acoso sexual a menores de 18 años.

“Cuando alguno de esos delitos sea cometido por ministros de culto o servidores públicos, la sanción aumentará el doble”, puntualiza el dictamen.

Subraya la necesidad de que la persecución a esos ilícitos se lleve a cabo, pese al transcurso del tiempo, a fin de erradicar su impunidad y salvaguardar los derechos de niños y adolescentes.

“La violencia sexual constituye una forma de tortura, por lo que la prescripción debe ser una figura inadmisible para estos delitos”, señala.

Los senadores integrantes de las comisiones dictaminadoras remarcaron la obligación de homologar el marco jurídico interno para adecuarlo a los tratados internacionales celebrados por el Estado mexicano, en esta materia.

Según el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), la tasa de violación de niñas y niños en México es de mil 764 por cada 100 mil.

En la primera infancia, las personas agresoras suelen ser el padrastro, en 30 por ciento de los casos; abuelos, en otro 30 por ciento; y tíos, primos, hermanos o cuidadores, en el 40 por ciento restante.

La presidenta de la Comisión de Derechos de la Niñez y de la Adolescencia de la Cámara de Senadores, Josefina Vázquez Mota, afirmó que la reforma hará justica a más de cinco millones de menores que han vivido violencia sexual, así como a aquellos que han denunciado este tipo de delitos, pero “se han encontrado que los victimarios cuentan con respaldo jurídico para evadir su responsabilidad”.

Señaló que México ocupa el segundo lugar de turismo sexual infantil y de contenidos de pornografía de menores.

JLMR 

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