Comisiones del Senado aprueban poder definir orden de apellidos al registrar bebés

La SCJN definió inconstitucional obligar a registrar a un recién nacido anteponiendo el apellido paterno; la propuesta del Senado se alinea con la disposición.

Padres y madres podrían registrar a sus hijos con los apellidos en el orden que definan. | Shutterstock
Silvia Arellano
Ciudad de México /

Las comisiones unidas de Justicia y de Estudios Legislativos del Senado aprobaron reformas al Código Civil Federal para que los padres y madres registren a sus hijos con los apellidos en el orden que definan.

La propuesta de la morenista Antares Vázquez, que modifica el artículo 58 de este código, hace referencia a la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que definió como inconstitucional obligar a registrar a un recién nacido anteponiendo el apellido paterno, pues esta práctica relega a la mujer a un rol secundario en el ámbito familiar.

La Corte señaló que esta disposición establece un prejuicio que discrimina y disminuye el rol de las mujeres en las familias y, en consecuencia, en la sociedad. Sin embargo, la reforma provocó polémica entre los integrantes de estas comisiones.

El panista Damián Zepeda consideró que la reforma no atiende un problema de la sociedad mexicana.

"Sabes que son dos apellidos y van a ser en el orden en que se pongan de acuerdo ellos dos, (...) ¿qué pasa si no se ponen de acuerdo? La propuesta que están haciendo no establece una solución, no dice 'si no se ponen de acuerdo, entonces va pasar esto'. (...) Se van a ir a pleito, a juicio", destacó.

En su intervención, Noé Castañón, senador de Movimiento Ciudadano, argumentó que las entidades federativas son libres y soberanas en materia de familia.

"No quiero que estemos usando estas reformas al Código Civil Federal como un referente, como si fuera el Código Civil una ley general. El Código Civil Federal tiene aplicaciones muy particulares en territorio federal para cuestiones muy particulares. No vayamos a caer en un malentendido de hacer una regulación marco que venga a conminar a las entidades federativas en adecuar su legislación local", agregó.

Por otra parte, Germán Martínez, del Grupo Plural, afirmó que esta situación podría generar un conflicto que disuelva a las parejas.

"Si no se ponen de acuerdo en el nombre, va a acabar en divorcio esa pareja", afirmó.

En el dictamen se hace referencia a que, en caso de que los padres no se pongan de acuerdo, será el juez del Registro Civil el que defina qué apellido deberá llevar primero el recién nacido.

Se insiste que la imposición del apellido paterno responde a un trasfondo histórico, en el cual la concepción del hombre como jefe y portador del apellido de la familia, relega a las mujeres al papel de simples integrantes, lo que niega las funciones que realizan.

"No hay justificación para limitar el derecho de los padres a elegir el nombre de sus hijos, a partir de prejuicios que pretenden perpetuar la situación de superioridad del hombre en las relaciones familiares", se señala.

Se hace referencia que, según el Censo de Población y Vivienda 2020, a nivel nacional, las mujeres son reconocidas como jefas de la vivienda en 33 de cada 100 hogares, lo que representa 11 millones 474 mil 983 hogares.

Esta reforma permitirá dar un reconocimiento a las mujeres que, en muchas partes del país, sostienen no sólo a las familias, sino a sus comunidades a lo largo de las generaciones.

ROA

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