El Congreso del Estado de Puebla debe elegir con el carácter de interino al ciudadano que deba sustituir al gobernador de elección popular directa en su falta absoluta, como es la situación actual ante la muerte de la mandataria, Martha Erika Alonso.
Así lo explicó la investigadora en Derecho, Norma Pimentel, quien detalló que, de acuerdo con la Constitución Política del Estado de Puebla, se debe emitir la convocatoria a nuevas elecciones hasta un máximo de 10 días del nombramiento del gobernador interno.
Detalló que en la ley no se especifica si el nombramiento del gobernador interino requiere la mayoría absoluta, es decir, tres cuartas partes de los diputados que es igual a 28 legisladores, situación que abre la posibilidad de la designación por la mayoría simple.
“La Constitución del Estado de Puebla señala que el Congreso local deberá elegir a un ciudadano que asuma el cargo de encargado de gobernador interino de la entidad. El artículo 57 fracción XVII establece que el Congreso debe elegir con el carácter de interino al ciudadano que deba sustituir al gobernador si acaeciere en los dos primeros años del período constitucional", comentó.
La doctora en Derecho por la UAP agregó que la fracción XVIII del artículo 57 de la Constitución de Puebla afirma que se deberá convocar a elecciones informando oportunamente al consejo general del Instituto Electoral del Estado (IEE).
Detalló que la convocatoria para las nuevas elecciones debe expedirse dentro de los diez días siguientes a la designación de Gobernador Interino, para que los poblanos acudan a las urnas en un plazo no menor a tres meses, ni mayor a cinco.
“Para la realización de la elección, ha de mediar un plazo no menor de tres meses ni mayor de cinco. El Gobernador electo tomará posesión diez días después del escrutinio, cómputo y declaración que se haga en términos de Ley, establece la Constitución”, comentó la investigadora.
Comentó que para las nuevas elecciones, podrán participar los partidos con registro local que podrán mandar a los candidatos que designen; así como los candidatos independientes que reúnan los requisitos como un mínimo de firmas; además, se podrán formar nuevas coaliciones.
AMV