La pugna al interior del PAN en Guanajuato continúa. En sesión pública celebrada este lunes 9 de diciembre del 2024, por unanimidad, magistrados integrantes de la Sala Regional Monterrey del Tribunal Electoral, revocaron la sentencia emitida por el Tribunal Estatal Electoral de Guanajuato (TEEG).
Dicha sentencia mencionada dejó sin efecto a la convocatoria por la cual el también diputado local, Aldo Márquez, fue designado como dirigente estatal del partido.
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En el proyecto emanado de la ponencia del Magistrado Ernesto Camacho Ochoa, consideraron que la comisión de justicia del Comité Ejecutivo Nacional del PAN Nacional no cometió omisiones al establecer acciones afirmativas en favor de las mujeres en las convocatorias para renovar las dirigencias estatales del partido.
No obstante, la cadena impugnativa habrá de continuar, ya que el promovente del juicio inicial, Rolando Alcántar, podría acudir a la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, como última instancia.
"Con la emisión de los criterios aprobados por el Comité Ejecutivo Nacional para garantizar la paridad en la elección de los comités ejecutivos estatales en 29 entidades federativas, incluido Guanajuato, quedó subsanada y superada la omisión de que en la convocatoria y los lineamientos no se establecieron acciones afirmativas en pro de las mujeres", señala el proyecto aprobado.
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La falta de paridad y medidas afirmativas fue uno de los principales argumentos por los cuales el pasado jueves 21 de noviembre, el Tribunal Estatal Electoral de Guanajuato (TEEG) resolvió un juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano que promovió el diputado del PAN, Rolando Alcántar, en contra del proceso por el cual se designó a Aldo Márquez como presidente del PAN Guanajuato el 2 de septiembre de 2024.
En su sentencia, por votación de mayoría, con el voto en contra de la magistrada Dolores López Loza, el TEEG determinó la pérdida de efectos de la convocatoria, pues desde su apreciación no hubo medidas para asegurar la paridad y alternancia de género en la misma.
En la sentencia, se ordenó al PAN emitir una nueva convocatoria donde se solventen las inconsistencias y se dé mayor beneficio al género femenino.