El Gobierno de Nuevo León aprobó este lunes las reformas a la Ley del Servicio Civil, que señalan que las mujeres que presenten problemas de salud en su periodo de menstruación podrán solicitar incapacidad laboral y ausentarse.
Por medio de un comunicado, el Estado decretó las reformas a las fracciones XIX y XX del artículo 36 y adicionó el artículo 24 Bis 7, además de la fracción XXI al artículo 36.
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El poder ejectivo establece en el artículo 24 Bis 7 que las mujeres podrán ausentarse dos días de sus lugares de trabajo durante su periodo menstrual.
Para adquirir este legítimo es necesario el haber sido diagnosticada con endometriosis severa o dismenorrea primaria o secundaria en grado incapacitante.
En estas situaciones, las mujeres podrán retomar sus labores por "trabajo a distancia mediante el uso de las tecnológicas de información y de la comunicación", conforme el decreto del Gobierno del Estado.
Y, ¿si no se puede realizar el trabajo a distancia?
En caso de no sea factible realizar el trabajo a distancia, las mujeres con la autorización correspondiente podrán dejar de trabajar hasta dos días, con el requisito de presentar una preescripción médica justificando la situación.
Las mujeres que lo requieran deberán solicitar un certificado de salud expedido por el médico de la institución de seguridad social del Gobierno del Estado de Nuevo León o del Gobierno Municipal.
El certificado de salud deberá contar con lo siguiente:
- Datos de la mujer solicitante.
- Nombre y número de cédula profesional.
- Fecha y estado de salud de la trabajadora.
adc