La Suprema Corte de los Estados Unidos decretó este viernes que California no puede imponer su prohibición de servicios religiosos en interiores por la pandemia de coronavirus. La mayoría de los jueces consideraron que es discriminatorio aplicar medidas más estrictas a los lugares de adoración que a tiendas u otros negocios.
El tribunal superior emitió veredictos sobre dos casos en los que las iglesias South Bay United Pentecostal y Harvest Rock presentaron demandas por las restricciones relacionadas con el COVID-19 impuestas por el gobernador Gavin Newsom. Decidió que, por ahora, California no puede prohibir por completo los servicios religiosos en interiores en las áreas donde los casos están aumentando. De los 9 jueces que conforman el tribunal, los 6 conservadores votaron a favor de impedir la prohibición, mientras que los 3 liberales discreparon.
También se le negó al estado la posibilidad de prohibir cantar y vitorear en los servicios. Lo único que le permitirán hacer es limitar al 25% la capacidad de los edificios donde se llevan a cabo.
Opiniones opuestas
“Parecía que teníamos a un estado eligiendo a sus favoritos durante la pandemia”, escribió el juez conservador Neil Gorsuch en una opinión añadiendo que California “obviamente está violentando a la religión al tratarla diferente”.
La juez liberal Elena Kagan rebatió diciendo que la corte estaba “forzando a California a ignorar los hallazgos científicos de sus expertos”, sobre los que habían sustentado las prohibiciones.
Antecedentes
El verano pasado el gobernador Gavin Newsom tomó la controversial decisión de prohibir los servicios religiosos en interiores en las zonas designadas como “Tier 1” en la escala de casos y hospitalizaciones por COVID-19. El disgusto del público fue inmediato y tanto el funcionario como el estado recibieron varias demandas.
En enero un panel de apelaciones federales le negó a una iglesia del Sur de California el permiso para ignorar las restricciones. Aunque admitió que la iglesia estaba sufriendo “daños irreparables”, concluyó que los dictámenes de California para detener el esparcimiento del COVID-19 no limitaban tanto los derechos de la Primera Enmienda.