Diputado de CdMx propone que choferes de transporte público no usen celular ni escuchen narcocorridos

La iniciativa busca evitar la apología del delito, la violencia de género, e incluso falta de control de volumen de aparatos de sonido dentro de las unidades.

La propuesta busca evitar accidentes y violencia. (Cuartoscuro / Archivo)
Leonardo Lugo
Ciudad de México /

La Mesa Directiva del Congreso de la Ciudad de México turnó a la Comisión de Movilidad Sustentable y Seguridad Vial la iniciativa del diputado de Morena, Nazario Norberto, con la cual se propone que los operadores de transporte público no utilicen su celular mientras dan servicio, ni escuchen narcocorridos, entre tras medidas.

Esto, con el objetivo de evitar accidente, la apología del delito, la violencia de género, e incluso falta de control de volumen de aparatos de sonido dentro de las unidades.

Ante el pleno, propuso adicionar artículos a la Ley de Movilidad de la Ciudad de México; primeramente busca instaurar un nuevo artículo 80 Bis, para establecer en su fracción I, que los operadores, empleados o personas relacionadas a la prestación del servicio de transporte público deberán abstenerse del uso de teléfonos, o sustancias alcohólicas o cualquier objeto que pueda distraer su atención mientras presta su servicio.

Así como especificar en su fracción II, que no podrá llevar aparatos de sonido encendido con un volumen mayor a 60 decibeles, o reproducir material discográfico en el que se haga apología del delito o promueva la cultura de violencia, tal es el caso de los "narcocorridos".

"Es decir, el género musical dentro de los colectivos que asume, normaliza e incita a la violencia contra las mujeres y hombres, o bien los famosos narco corridos, que se han vuelto populares dentro de la sociedad, y que hacen alusión al narcotráfico reflejando las actividades delictivas a las que éstos están relacionados”, expresó el diputado.

Igualmente, Nazario Norberto estableció otro artículo 110 Bis, con el propósito de implementar en su fracción I, que los operadores o concesionados deberán de abstenerse a leer, platicar, llevar acompañantes o utilizar radios que puedan distraer su atención mientras conducen, así como en su fracción II, limitar los aparatos de sonidos con un volumen mayor a 60 decibeles, además de lo que otras disposiciones legales expresen.

En el documento, el legislador justificó la modificación legal porque en dicha legislación en ningún momento se mencionan estos puntos.

Asimismo, resaltó que el conductor del transporte colectivo o de quien presta este servicio no debe ser distraído, porque es responsable de otras vidas y debe acatar en todo momento el reglamento interno de la ruta, línea o sus derivadas, así como el de la Ciudad de México.

De acuerdo con el Instituto Nacional de Estadísticas y Geografía (INEGI), en febrero de 2022, el Sistema de Transporte Público de Pasajeros en la Ciudad de México prestó servicio a 111.1 millones de personas, 3.4 por ciento más pasajeros respecto a enero de 2022; mientras que en 2020 se registraron 301,678 accidentes de tránsito en las zonas urbanas de México.

En el caso de las 16 alcaldías de la Ciudad de México, la intersección vial con el mayor número de muertos y heridos durante ese periodo es la Avenida Ribera de San Cosme y Calle Naranjo donde ocurrieron un accidente fatal y dos no fatales, con dos personas fallecidas y tres heridos.


FLC


LAS MÁS VISTAS

¿Ya tienes cuenta? Inicia sesión aquí.

Crea tu cuenta ¡GRATIS! para seguir leyendo

No te cuesta nada, únete al periodismo con carácter.

Hola, todavía no has validado tu correo electrónico

Para continuar leyendo da click en continuar.