La Secretaría de Movilidad (Semovi) publicó este 25 de noviembre en la Gaceta Oficial el Aviso por el que se determinan las características y especificaciones técnicas, cromática, rótulos y medios de identificación oficiales, que de manera obligatoria se deberán incorporar a los vehículos que servicios de pasajeros público individual taxi en la Ciudad de México.
Dicha publicación tiene como propósito ordenar en un solo documento las disposiciones que en materia de cromática se han publicado en años recientes; por lo que las personas concesionarias que ya cumplían con estas disposiciones no deberán hacer cambios adicionales.
En la publicación se destaca que los vehículos deberán tener la base de color blanco y en parte rosa (código de color pantone 226 C). Los taxis de base o sitio que acrediten su debida pertenencia podrán usar el color blanco para toda la unidad.
En cuanto a los rótulos, se establece que la tipografía autorizada sólo podrá ser “Arial Negrita” (Bold), “Helvética Negrita” (Bold) o “Movilidad Integrada”, para aplicar a todo el vehículo. Estos rótulos podrán ser entregados como parte del proceso de sustitución de unidad o a la persona concesionaria que lo solicite.
Los rótulos en color negro serán para taxis de sitio y base; en tanto, los rótulos en color blanco están destinados para unidades blanco con rosa.
Con el propósito de ofrecer seguridad en los viajes, las y los usuarios podrán identificar los rótulos “TAXI”, “SOY TAXI ELÉCTRICO” o “SOY TAXI HÍBRIDO” en puntos estratégicos de las unidades para su identificación: puertas delanteras, en ambos lados y por debajo de las ventanillas.
Asimismo, en las salpicaderas traseras, por ambos lados del vehículo, deberá ubicarse la matrícula del taxi. Esta también tendrá que colocarse en el cofre, toldo y cajuela de la unidad, así como en la parte posterior de la misma, del lado derecho.
En el caso de taxis de sitio, se situará el número del sitio al que corresponde la unidad del lado izquierdo de la cajuela.
Todos los rótulos deberán incorporar elementos antireflejantes, de larga duración y resistentes a diferentes tipos de sustancias.
En el aviso publicado en Gaceta también se establece que aquellas organizaciones o empresas que cuenten con logotipo podrán incorporarlo con previa autorización de la SEMOVI y se ubicará sobre la cajuela o quinta puerta, con una dimensión de 150 x 150 milímetros.
Como medida de seguridad, se prohíbe colocar cualquier elemento sobre los parabrisas, medallones y ventanillas laterales, salvo engomados oficiales y la identificación del operador (tarjetón) que deberá mostrarse de manera permanente en la ventanilla trasera del costado derecho del auto.
En caso de no contar con el Tarjetón, la persona operadora podrá descargar, imprimir y colocar el QR de identificación, disponible desde la aplicación Mi Taxi.
Finalmente, se establece que el copete debe colocarse en el techo del vehículo y tener por ambos lados la palabra “TAXI” con la tipografía de “Movilidad Integrada”, así como especificar la modalidad del servicio, ya sea servicio libre, de sitio, radio taxi o preferente.
El copete podrá incorporar un elemento luminoso que indique en color verde la disponibilidad o en color rojo si la unidad se encuentra ocupada. Solo podrá estar apagado cuando la unidad esté fuera de servicio.
Para consultar más detalles de este Aviso que entra en vigor el 26 de noviembre, se puede consultar la Gaceta Oficial en este enlace.
MO