El presidente de la Asociación de Escuelas Particulares del Estado de México (AEPEM), José Manuel Díaz Orozco, señaló que la NOM-237-SE-2020 emitida por la Dirección General de Normas de la Secretaría de Economía, que en general busca regular los servicios que prestan las instituciones privadas como las colegiaturas y los costos adicionales a talleres o laboratorios; es totalmente ilegal, inconstitucional y abonará a la sobrerregulación de su sector.
En el momento en que sea emitida en el Diario Oficial de la Federación (DOF), a finales de este mes, las instituciones privadas legalmente establecidas –apuntó- solicitarán amparos de manera individual, ya que la Secretaría de Economía no regula a las escuelas privadas y las Normas Oficiales Mexicanas (NOM) obedecen a cuestiones técnicas y no a la regulación de las cuestiones económicas en las instituciones educativas.
“Es una propuesta, todavía no es oficial. En el Estado de México de las 4 mil 500 escuelas particulares que existen, ya hay mil preparadas para el amparo, pero se sumarán más”.
Todo lo que incluye el proyecto -detalló- está bien establecido en la Ley General de Educación y en el Acuerdo emitido en 1992 por la Secretaría de Educación Pública (SEP) que marca las bases mínimas para la prestación de los servicios educativos.
“La NOM-237 es una copia fiel del Acuerdo de 1992 e implica una sobrerregulación, pues las facultades que tiene la SEP se las quiere dar a la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), lo cual en el largo plazo generará corrupción, más gastos para el sector y provocará que más instituciones cierren sus puertas. Con ella estaríamos obligados a pagar las visitas de inspección de la Profeco”.
También atenta contra la libre contratación
La NOM 237 –explicó- también atenta contra la libre contratación, ya que la Profeco tendría las facultades para decirles cómo hacer su contrato de adhesión, qué clausulas debe tener, qué pueden o no cobrar a los padres de familias, entre otras cuestiones.
"Creemos que se publicará a finales de este mes en el Diario Oficial y tenemos el termino de ley para interponer el amparo individual, no colectivo. Lo peligroso es para aquellas que no conocen la norma porque no pertenecen a una Asociación o una comunidad, cuando haya pasado el termino de ley y se las aplicarán durante toda su vigencia”.
Busca regular los servicios educativos
El proyecto de NOM-237-SE-2020 contiene las disposiciones a las que se sujetarán los particulares que presten servicios educativos y establece los derechos de los consumidores.
Incluye las especificaciones, características, condiciones y términos aplicables a los servicios ofrecidos, así como la información que deberán proporcionar como los costos de inscripción o reinscripción, colegiaturas (y número de estas), cursos de regularización y cursos complementarios; prácticas deportivas especiales; otras actividades y servicios extracurriculares como transporte o comidas.
Prohíbe el establecimiento de tarifas referentes al uso de bibliotecas escolares, laboratorios y demás instalaciones; talleres cuya acreditación sea necesaria para aprobar alguno de los cursos contemplados en el costo de la colegiatura; uso de materiales y equipo de laboratorio y talleres, así como lo relativo a las actividades de enseñanza y prácticas deportivas.
Tampoco permitirá a las escuelas particulares incrementar las colegiaturas durante el periodo escolar; establecer cuotas o aportaciones extraordinarias; exigir que los usuarios adquieran con determinados proveedores útiles escolares, vestuario, libros y otros artículos o servicios que puedan ser adquiridos en el comercio general; o exigir libros, útiles escolares y vestuario nuevo.
Cabe mencionar que el PROY-NOM-237-SE-2020 aún no es de aplicación oficial porque faltan procesos para la publicación de la respectiva NOM definitiva.
KVS