Colegios en Edomex interpondrán amparos una vez que se publique la NOM-237

Dicha norma busca regular los servicios que prestan las instituciones privadas como las colegiaturas y los costos adicionales a talleres o laboratorios.

Con esta norma no podrán incrementar las colegiaturas en periodo escolar. (Cuartoscuro)
Toluca /

El presidente de la Asociación de Escuelas Particulares del Estado de México (AEPEM), José Manuel Díaz Orozco, señaló que la NOM-237-SE-2020 emitida por la Dirección General de Normas de la Secretaría de Economía, que en general busca regular los servicios que prestan las instituciones privadas como las colegiaturas y los costos adicionales a talleres o laboratorios; es totalmente ilegal, inconstitucional y abonará a la sobrerregulación de su sector.

En el momento en que sea emitida en el Diario Oficial de la Federación (DOF), a finales de este mes, las instituciones privadas legalmente establecidas –apuntó- solicitarán amparos de manera individual, ya que la Secretaría de Economía no regula a las escuelas privadas y las Normas Oficiales Mexicanas (NOM) obedecen a cuestiones técnicas y no a la regulación de las cuestiones económicas en las instituciones educativas.

El PROY-NOM-237-SE-2020 aún no es de aplicación oficial. (Cortesía)
“Es una propuesta, todavía no es oficial. En el Estado de México de las 4 mil 500 escuelas particulares que existen, ya hay mil preparadas para el amparo, pero se sumarán más”.

Todo lo que incluye el proyecto -detalló- está bien establecido en la Ley General de Educación y en el Acuerdo emitido en 1992 por la Secretaría de Educación Pública (SEP) que marca las bases mínimas para la prestación de los servicios educativos.

La NOM-237 es una copia fiel del Acuerdo de 1992 e implica una sobrerregulación, pues las facultades que tiene la SEP se las quiere dar a la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), lo cual en el largo plazo generará corrupción, más gastos para el sector y provocará que más instituciones cierren sus puertas. Con ella estaríamos obligados a pagar las visitas de inspección de la Profeco”.

También atenta contra la libre contratación

La NOM 237 –explicó- también atenta contra la libre contratación, ya que la Profeco tendría las facultades para decirles cómo hacer su contrato de adhesión, qué clausulas debe tener, qué pueden o no cobrar a los padres de familias, entre otras cuestiones.

"Creemos que se publicará a finales de este mes en el Diario Oficial y tenemos el termino de ley para interponer el amparo individual, no colectivo. Lo peligroso es para aquellas que no conocen la norma porque no pertenecen a una Asociación o una comunidad, cuando haya pasado el termino de ley y se las aplicarán durante toda su vigencia”.

Prohíbe el establecimiento de tarifas referentes al uso de bibliotecas escolares. | Especial

Busca regular los servicios educativos

El proyecto de NOM-237-SE-2020 contiene las disposiciones a las que se sujetarán los particulares que presten servicios educativos y establece los derechos de los consumidores.

Incluye las especificaciones, características, condiciones y términos aplicables a los servicios ofrecidos, así como la información que deberán proporcionar como los costos de inscripción o reinscripción, colegiaturas (y número de estas), cursos de regularización y cursos complementarios; prácticas deportivas especiales; otras actividades y servicios extracurriculares como transporte o comidas.

Prohíbe el establecimiento de tarifas referentes al uso de bibliotecas escolares, laboratorios y demás instalaciones; talleres cuya acreditación sea necesaria para aprobar alguno de los cursos contemplados en el costo de la colegiatura; uso de materiales y equipo de laboratorio y talleres, así como lo relativo a las actividades de enseñanza y prácticas deportivas.

Tampoco permitirá a las escuelas particulares incrementar las colegiaturas durante el periodo escolar; establecer cuotas o aportaciones extraordinarias; exigir que los usuarios adquieran con determinados proveedores útiles escolares, vestuario, libros y otros artículos o servicios que puedan ser adquiridos en el comercio general; o exigir libros, útiles escolares y vestuario nuevo.

Cabe mencionar que el PROY-NOM-237-SE-2020 aún no es de aplicación oficial porque faltan procesos para la publicación de la respectiva NOM definitiva.

KVS

  • Alondra Ávila
  • alondra.avila@milenio.com
  • Comunicologa por el CUSXXI y con 16 años de experiencia en medios de comunicación. Desde 2012 colabora en Milenio Estado de México en la sección de Negocios. Ganadora del 9o Premio al Periodismo sobre Innovación Científica y Tecnológica en 2018.

LAS MÁS VISTAS