Miles de personas con enfermedades crónicas en México esperan para recibir el órgano que necesitan y sólo pueden obtenerse si son donados, por lo que la donación de órganos en el país es un tema de suma importancia.
El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) explica que "la Ley General de Salud (LGS) indica que la donación es el consentimiento de una persona para que, en vida o después de su muerte, cualquier órgano o tejido de su cuerpo sea utilizado para trasplantes".
En México se contemplan varios tipos de donación que están considerados dentro de dos categorías: en vida y en muerte.
Donación en vida
El IMSS detalla que las personas de entre 18 y 65 años pueden ser donadores de órganos si pasan los estudios médicos y psicológicos que se les realizan, además de cumplir con otros requisitos:
- Tener compatibilidad con el receptor del trasplante
- Recibir información completa sobre los riesgos de la operación y las consecuencias de la extracción del órgano o tejido
- Haber otorgado su consentimiento por escrito
- Los trasplantes se realizarán de preferencia, entre familiares; en caso contrario deberá otorgar su consentimiento ante Notario Público en un documento en el que manifieste que donará de manera gratuita, altruista, libre y consiente
Los órganos que pueden ser donados en vida son un riñón, un segmento del hígado, sangre de cordón umbilical y médula ósea.
Donación tras la muerte
Las personas de entre 2 y 80 años que hayan fallecido por muerte encefálica o por un paro cardiaco irreversible pueden convertirse en donadores de órganos tras perder la vida, siempre y cuando los resultados de los estudios médicos sean positivos.
La donación tras morir se divide en dos categorías, la tácita y en la que la persona da su consentimiento expreso para convertirse en donador tras morir.
El Centro Nacional de Trasplantes (Cenatra) explica que la donación tácita es cuando una persona no haya manifestado en un documento su rechazo para que después de su muerte, sus órganos sean utilizados para trasplante.
Sin embargo, la donación deberá ser consentida por sus familiares.
En tanto, la donación expresa es cuando la persona manifiesta por escrito o verbalmente su voluntad para donar órganos en vida o después de la muerte.
Para hacerlo, las personas que deseen ser donantes deben registrarse como voluntario ante la Cenatra llenando el Formato oficial para manifestar el consentimiento expreso para donar órganos, tejidos y células después de la muerte para que éstos sean utilizados en trasplantes.
En caso de que una persona quiera manifestar su rechazo a ser donador debe ponerlo de manifiesto llenando el Formato para manifestar la negativa expresa a ser donador.
Las personas que fallezcan por muerte encefálica pueden ser donadores de órganos como corazón, pulmones, hígado, páncreas, intestino y riñones; o tejidos como córneas, tejido musculo esquelético, corneas, válvulas cardíacas, hueso y piel
Mientras que las personas que mueran por paro cardíaco sólo podrían donar tejidos.
RLO