Tulancingo prohíbe consumo de alimentos en vía pública

Vendedores deberán utilizar cubrebocas y cofia obligatoriamente; solo habrá servicio para llevar, de no acatar la medida, habrá sanciones

Solo habrá servicio para levar. (Jorge Sánchez)
Elizabeth Hernández
Tulancingo /

Con el fin de evitar la propagación del nuevo coronavirus Sars-CoV-2, causante de la enfermedad covid-19, en Tulancingo de Bravo, a partir de este sábado, está prohibido el consumo de alimentos en vía pública, además de que será obligatorio el uso de indumentaria sanitaria para quienes realizan y venden los productos alimenticios.

Lo anterior fue publicado en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo (POEH), en el que se especifica que, “los comerciantes fijos, semifijos y ambulantes que vendan alimentos preparados en la vía pública, deberán comercializarlos debidamente empaquetados para llevar”, haciendo hincapié en que se debe asegurar que los clientes no los consuman en el lugar de venta o en el perímetro de éste.


Indica que los comerciantes que ejerzan sus actividades de esta índole, así como sus empleados y dependientes, dentro de su jornada laboral, deberán usar de forma obligatoria cubrebocas, así como proporcionar gel antibacterial a todos sus clientes.

“En el caso de los vendedores de alimentos preparados para llevar o en su caso para reparto a domicilio, los propietarios, empleados y dependientes, deberán además, usar cofia. En el caso de que los comerciantes, empleados y dependientes, manejen dinero, deberán usar guantes”, expone el documento.

Especifica que los restaurantes, loncherías, fondas y en general, los locales establecidos de venta de alimentos, únicamente pueden vender sus productos para llevar o para reparto a domicilio.

“Las presentes medidas se aplicarán también a todos los locales establecidos, comercios fijos, semifijos y ambulantes, y en general a todos los giros que se encuentren enlistados como actividades esenciales en el Decreto emitido por el Secretario de Salud del Gobierno Federal”, indica.

En caso de no llevar a cabo estas acciones, éstos podrían ser sancionados en los términos de lo dispuesto por el artículo 455 del Bando de Policía y Buen Gobierno vigente en el Municipio de Tulancingo de Bravo, Hidalgo, debiéndose aplicar la sanción que sea idónea para impedir que la conducta de incumplimiento se siga realizando y sin que se tenga que seguir un orden especifico en la imposición de las sanciones.

“Estarán facultadas las Direcciones de Reglamentos y Espectáculos, de Mercados y Centros de Abasto y Comercio y de Sanidad del Municipio de Tulancingo de Bravo, para realizar las actividades de vigilancia e inspección, así como para la aplicación de las sanciones que sean procedentes, dentro de sus respectivas competencias". 

"Las Direcciones mencionadas contarán con el auxilio de la fuerza pública en los casos en que sea necesario”, refirió el documento avalado y firmado por el presidente municipal, Fernando Pérez Rodríguez.

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