Eludir con la obligación de dar manutención a la familia es un crimen que cada vez crece más en el estado de Guanajuato, pues durante el primer semestre del presente año, las denuncias ante el Ministerio Publico por incumplimiento de obligaciones de asistencia familiar, casi se duplicaron, en comparación con el mismo periodo del 2017, de acuerdo a datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Publica.
De enero a junio del 2019, Guanajuato se ha consolidado como la tercera entidad a nivel nacional con más denuncias por este delito, ya que la Fiscalía General del Estado, inició 970 carpetas de investigación, lo que representa un incremento del 7.66% en comparación con las 901, que hubo en el mismo periodo del año anterior y del 92% contrastado con el 2017, cuando apenas se llegaba a las 505 denuncias.
Las denuncias presentadas por incumplimiento de obligaciones de asistencia familiar en Guanajuato, durante los cuatro primeros seis meses del actual año se desglosan en: 152 durante enero, 156 en febrero, 152 en marzo, y 157 en abril, la cifra se disparo a 187 en mayo y tuvo una ligera disminución en junio, con 166 carpetas.
El estado de México es la entidad que encabeza la deshonrosa lista, pues en el primer cuatrimestre acumuló mil 114 denuncias contra padres incumplidos, le sigue Sonora con 984, Guanajuato con 970, Chihuahua con 927, y Tamaulipas con 923, para cerrar los cinco primeros puestos.
Durante abril, Guanajuato incluso fue líder nacional con 157 casos reportados, siendo la primera vez desde que se tienen registros, que la entidad se lleva la primera posición
León segundo lugar en el país
En el mismo periodo del 2019, León se convirtió en el segundo municipio a nivel nacional con más denuncias por padres incumplidos, ya que en los seis meses, registró 247 carpetas de investigación, siendo superado por la ciudad de Chihuahua que registró 419 hechos denunciados.
Según el artículo 215 del Código Penal para el Estado de Guanajuato, el Incumplimiento de las Obligaciones de Asistencia Familiar sucede cundo una persona deja de proveer de manara total parcial con las obligaciones alimentarias y se sanciona con desde seis meses, hasta tres años de prisión y de cinco hasta días de multa.
“ARTÍCULO 215. A quien injustificadamente deje de satisfacer obligaciones alimentarias, total o parcialmente, se le impondrá una punibilidad de seis meses a tres años de prisión y de cinco a treinta días multa, además del pago de alimentos caídos en términos de la legislación civil”, señala el documento.
Para poder continuar su proceso en libertad, el inculpado debe pagar una multa de entre 440 y dos mil 650 pesos, además de cubrir el monto de los alimentos caídos en los términos de la legislación civil.
Este delito sólo se persigue por querella; aunque si la persona ofendida es menor de edad, incapaz o adulto mayor, la querella podrá ser formulada por una institución de asistencia familiar o de atención a víctimas del delito. El perdón procederá sólo cuando se hayan cubierto las obligaciones omitidas y se otorgue garantía para su futuro cumplimiento hasta cuando menos por un año.
La ley en el estado de Guanajuato establece que a quien se ubique dolosamente en estado de insolvencia con el propósito de eludir el cumplimiento de sus obligaciones alimentarias, se le aplicará de uno a cuatro años de prisión.