Diciembre además de ser el último mes del año, es uno de los más festivos, pues incluye las celebraciones navideñas y otras festividades religiosas de gran importancia en la cultura mexicana, te contamos cuáles y cuándo son los días festivos en diciembre 2023.
Como seguramente sabes, las vacaciones para los estudiantes de nivel básico, medio y superior, ya empezaron o están a punto de comenzar, sin embargo para las personas trabajadoras esto es distinto, pues depende de cada empresa o de los días que soliciten de su descanso anual.
En diciembre las fiestas más populares son el Día de la Virgen, Navidad, Año Nuevo, posadas, Día de los Santos Inocentes, pero no todas ellas entran en los 31 días del mes como descansos oficiales. Además, se debe tomar en cuenta que este año algunos de estos días especiales caen en fin de semana, lo que no concuerda con lo establecido en la Ley Federal del Trabajo (LFT).
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¿Cuáles son los días festivos en diciembre 2023?
Los días de descanso obligatorio se encuentran señalados en el artículo 74 de la LFT. En diciembre los festivos que destaca dicho apartado de la norma son:
- El 1o. de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal;
- El 25 de diciembre
Cabe destacar que este año no se llevó a cabo la toma de poder del Ejecutivo Federal, esa se realizará hasta 2024 y cambiará de fecha, por una actualización en la Carta Magna.
¿Deben pagar doble el 25 de diciembre?
Tal y como lo marca el artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo: en casos de que se acuerde entre las y los trabajadores y las y los patrones que quedarán obligados a prestar los servicios y tendrán derecho a que se les pague, independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado.
Adicional a lo anterior, si de acuerdo al calendario el día de descanso obligatorio llegará a coincidir con el día de descanso semanal, es decir el día domingo, la o el patrón deberá de cubrirle al trabajador el pago de la prima dominical que marca el artículo 71 de la ley.
Derivado de lo anterior las y los trabajadores recibirán el triple del salario por ese día, más la prima dominical.
DMZ