La Secretaria de Medio Ambiente del Estado de México debe actualizar su programa de contingencias ambientales con base en las normas de calidad del aire, en un plazo máximo de tres días, en cumplimiento a la sentencia emitida desde 2020 por el Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito, o de lo contrario, su titular, Jorge Rescala Pérez, podría ser separado del cargo, anunció la resolución organización ambientalista Greenpeace México, tras ganar un recurso interpuesto.
Greenpeace promovió un recurso de revisión por el incumplimiento de la sentencia -emitida desde 2020 por el Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito- que llamaba a las autoridades del Estado de México a actualizar su programa de contingencias ambientales de acuerdo a los valores de las Normas Oficiales Mexicanas de calidad del aire.
“La organización ambientalista fue notificada que el recurso de revisión se resolvió a su favor y con fundamento en los artículos 192 y 193 de la Ley de Amparo, se requiere de nueva cuenta a la autoridad responsable, para que dentro del plazo de tres días establecido en el artículo 192 de la Ley de Amparo a partir de este 21 de febrero, cumpla con la sentencia y remita copias certificadas de las constancias que así lo acrediten”, dio conocer Greenpeace.
Desde 2020, la Secretaría de Medio Ambiente, bajo la administración de Jorge Rescala Pérez, debió emitir un nuevo acuerdo para regular el Programa para la atención de contingencias ambientales atmosféricas en la Zona Metropolitana del Valle de Toluca y en la Zona Metropolitana de Santiago Tianguistenco.
O, en su caso, modificar los valores ahí establecidos, tomando como referencia los contemplados en las normas oficiales mexicanas NOM-020-SSA1-2014 de Salud ambiental. Valor límite permisible para la concentración de ozono (O3) en el aire ambiental y criterios para su evaluación y NOM 025- SSA1-2014 de Salud ambiental. Valores límites permisibles para la concentración de partículas PM10 y PM2.5 en el aire ambiental y criterios para su evaluación, pero no llevó a cabo ninguna de las acciones.
“Las autoridades del Estado de México no han demostrado ningún tipo de avance respecto al cumplimiento de la sentencia que les obligó a hacer más estrictos los límites de contaminantes en el aire que están dañando la salud de miles de personas en el Valle de Toluca y Santiago Tianguistenco.
"La reciente resolución del Juzgado Federal respecto al incumplimiento de dicha sentencia, implica la última oportunidad que tendrá el Secretario de Medio Ambiente de la entidad, de lo contrario podría ordenarse su destitución, lo cual es una cuestión muy seria y que dejaría en evidencia la incompatibilidad del discurso del gobierno mexiquense con su falta de atención hacia su población”, señaló Carlos Samayoa, coordinador de Ciudades Sustentables en Greenpeace México.
Reiteró que de no hacerlo se le impondrá una multa equivalente a cien veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización y se remitirá el expediente al Tribunal Colegiado para seguir el trámite de inejecución que incluso puede culminar con la separación de su puesto y su consignación.
La resolución del juicio hace extensivo el llamado al superior jerárquico de la autoridad responsable, es decir, al gobernador del Estado de México, Alfredo del Mazo Maza, para que le ordene dar el cumplimiento a la sentencia de amparo, bajo el conocimiento de que de no demostrar que dio la orden, se hará acreedor a una multa y además de que incurrirá en la misma responsabilidad de la autoridad responsable mencionada.
“El gobernador Del Mazo está frente a una oportunidad histórica de mostrar su respeto a la ley, pero sobre todo, a la salud, la vida y los derechos de los mexiquenses”, recalcó Carlos Samayoa.
JLMR