Este 23 de julio entra en vigor el cambio de actas para personas trans en Edomex

Podrán pedir el ajuste mexicanos originarios del Estado de México mayores de 18 años, señala el marco legal.

Podrán hacer uso de este derecho. | Especial
Mario C. Rodríguez
Toluca /

A partir de este 23 de julio las personas de la comunidad transexual ya pueden solicitar el cambio de sexo y nombre en sus actas de nacimiento dentro del Estado de México, esto luego de que entrar en vigor la ley de identidad de género.

El documento fue publicado en la gaceta de gobierno del Estado de México la tarde-noche del jueves 22 de julio y en él se señala que la normatividad entrará en operación a partir de este viernes, lo que quiere decir que el 23 de julio se convierte en el primer día en el que pueden ser elaboradas las solicitudes.

Podrán pedir el ajuste mexicanos originarios del Estado de México mayores de 18 años. Para ello deberán de elaborar su solicitud de manera personal ante el Oficial del Registro Civil; además de no estar en medio de un proceso judicial

Cabe señalar que se tratará con el mayor respeto a los interesados ya que “En ningún caso será requisito acreditar intervención quirúrgica alguna, terapias u otro diagnóstico y/o procedimiento para el reconocimiento de la identidad de género”.

Algunos pasos que conlleva el proceso

Entre los elementos que la autoridad pide están el manifestar el nombre completo; dar los datos registrales asentados en el acta primigenia; proporcionar el nuevo nombre que solicita sin apellidos; apuntar el género solicitado; y aclarar que el procedimiento se hace de manera personal y voluntaria.

También deberán de firmar y asentar su huella dactilar; además de entregar copia certificada del acta de nacimiento directa del libro de registro; identificación oficial, y comprobante de domicilio.

¿Qué pasa con la identidad anterior?

Uno de los elementos de mayor importancia es el conocer qué va a suceder con las actas de nacimiento anteriores y en el aspecto legal los documentos originales -y el nombre anterior- quedarán bajo resguardo a menos que la autoridad lo solicite por alguna investigación.

"El acta de nacimiento primigenia quedará resguardada y no se publicará ni expedirá constancia alguna, salvo mandamiento judicial, petición ministerial o por el interesado".

KVS

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