Coprisem suspende establecimientos y maquinas expendedoras que vendían vapeadores

Este tipo de aparatos se encuentran prohibidos por el Artículo 16, Fracción VI, de la Ley General para el Control del Tabaco; no está permitido comerciar, vender, distribuir o exhibir cualquier producto de esta naturaleza.

"Coprisem exhortó a la población a no consumir cigarrillos electrónicos"
Toluca /

En lo que va del año, la Comisión para la Protección contra Riesgos Sanitarios del Estado de México (Coprisem) ha suspendido 15 establecimientos y máquinas expendedoras de productos conocidos como “vapeadores”.

A través de un comunicado de prensa, el organismo que depende de la Secretaría de Salud del Estado de México informó que personal de la Subdirección de Verificación del organismo, identificó tiendas de venta de productos del tabaco, así como máquinas expendedoras, en los municipios de Coacalco, Tlalnepantla, Naucalpan y Toluca.

Derivado de estos hechos, el personal de la Coprisem colocó los sellos de suspensión, para llevar a cabo el aseguramiento del producto, debido a que este tipo de aparatos se encuentran prohibidos por el Artículo 16, Fracción VI, de la Ley General para el Control del Tabaco.

Prohibido el comercio de vapeadores

Asimismo, señaló la Coprisem, no está permitido comerciar, vender, distribuir o exhibir cualquier producto de esta naturaleza, a través de máquinas expendedoras, ya que aumenta la probabilidad de que puedan ser adquiridos por menores de edad.


Al hacer un exhorto a la población a no consumir cigarrillos electrónicos, luego de la advertencia que emitió la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), el organismo estatal informó que durante 2021 suspendió cinco máquinas expendedoras de cigarrillos electrónicos en los municipios de Huixquilucan y Metepec.

Sanciones de hasta 385 mil pesos

Por lo anterior, la autoridad sanitaria exhortó a la población a no adquirir estos productos, pues aunque han ganado cierta popularidad, contienen sustancias tóxicas que pueden provocar daños a nivel pulmonar, sumado al riesgo de desconocer el origen y calidad de los mismos.

Finalmente, destacó que, en todos los casos, iniciaron los procedimientos jurídico administrativos para determinar las sanciones que correspondan y la imposición de multas que podrían ir de mil a 4 mil Unidades de Medida y Actualización (UMA), es decir, los 384 mil 880 pesos.



JASJ

  • Monserrat Mata
  • monserrat.mata@milenio.com
  • Reportera en MILENIO Estado de México desde 2016, egresada de la Facultad de Humanidades de la UAEMex. Escribo sobre Salud, Desarrollo Agropecuario y Medio Ambiente.

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