La Cartilla Militar es uno de los documentos oficiales y que está considerado como una obligación con la nación, por lo que es de suma importancia haberla tramitado a tiempo.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 5º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se declara obligatorio y de orden público, el servicio de las armas para los mexicanos por nacimiento o naturalización, quienes lo prestarán en el Ejército o en la Armada, como soldados, clases u oficiales, de acuerdo con sus capacidades y aptitudes.
Sin embargo, esto ha ido perdiendo su fuerza y en muchos de los casos, los jóvenes que deben tramitarlo, no se hacen cargo de dicha obligación.
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¿Qué pasa si no tienes tu cartilla militar?
Si es momento de que tramites tu cartilla militar, debes saber que hay un fundamento moral con la nación, sin embargo, no hay ninguna sanción implícita por no tener dicho trámite.
De acuerdo con el artículo 5 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se deriva lo siguiente:
Se declara obligatorio y de orden público el servicio de las armas para todos los mexicanos por nacimiento o naturalización, quienes lo prestarán en el Ejército o en la Armada, como soldados, clases u oficiales, de acuerdo con sus capacidades y aptitudes.
Excepciones del Servicio Militar
Sin embargo, existen algunas excepciones para algunas personas que no están obligadas a tramitar tu cartilla militar.
- Mayores de 40 años
- Ser ciudadano con nacionalidad extranjera
- Por impedimento de orden moral
- Incapacidad física o moral
- Ser ministro de culto religioso
- Ser hijo de extranjeros
- Por condición menonitas
La cartilla militar también tuvo importantes reformas, ya que años atrás, se encarcelaban a los hombres que no habían tramitado dicho documento.
Recuerda que si aún quieres tramitar tu cartilla militar, puedes acudir a tu zona militar correspondiente para saber qué documentos necesitas.