Previo al replaqueo aprueba Congreso registro biométrico de dueños de vehículos

Política

Si vendió un automóvil y no lo dio de baja será responsable solidario de las infracciones que con él se comentan.

Integrantes del Congreso del Estado aprobaron esta iniciativa
Guanajuato /

Previo al replaqueo que inicia el primero de septiembre, el Congreso del Estado de Guanajuato aprobó reformas a la Ley de Movilidad mediante las cuales se establece como requisitos para el registro de un automóvil la firma autógrafa, la toma de fotografía de rasgos faciales y huellas dactilares, con lo que se busca tener una base de datos real de los propietarios de automóviles en el estado.

“Con ello, se sustenta mayor certeza y seguridad jurídica tanto para la ciudadanía como para la autoridad administrativa fiscal, respecto de los datos necesarios para obtener un registro fehaciente en atención a la propiedad individual, es decir, de los vehículos a registrarse en esta entidad federativa” señala la iniciativa aprobada en el Poder Legislativo en periodo extraordinario de sesiones.

Si usted además aparece como propietario de un vehículo que del cual ya no tiene posesión tenga cuidado pues si no lo da de baja será responsable solidario en las infracciones que con éste se cometan. Lo mismo sucederá con todos los automotores que estén a nombre de un poseedor.

Así lo señala el artículo 249 fracción I numeral XI: “Los propietarios y los poseedores legítimos de los vehículos serán responsables solidarios respecto del pago de las sanciones que deriven de las infracciones que se cometan con los vehículos que a su nombre tengan registrados, lo anterior en términos de la normatividad aplicable en la materia”.

La responsabilidad solidaria sólo se aplicará para el pago de sanciones que deriven de las infracciones de tránsito, por lo que no se hará extensiva al pago de daños y perjuicios que puedan desprenderse de la infracción que se comenta.

También se establece que los vehículos abandonados después de un período de tres años pasarán a ser propiedad del estado a partir de que se remitió el automotor al depósito establecido y que el propietario no lo reclame.

“Cuando en un lapso de tres años contados a partir de que se inició́ el acto que originó la remisión de los vehículos infraccionados, abandonados, retenidos, accidentados o descompuestos en la vía pública, y que el propietario o legitimo poseedor no realice los trámites para su salida del depósito respectivo, estos serán considerados abandonados a favor del fisco del Estado, por lo que se iniciará el procedimiento correspondiente para la declaración de abandono, así como la forma de distribución de los productos derivados de su enajenación, conforme a lo dispuesto en el artículo 221 de la presente Ley” señala el documento..

De manera adicional se establecieron las normas para el otorgamiento de placas para traslado de vehículos o demostración.

La reforma que se aprobó entrará en vigor justo antes de que se inicie el proceso de canje de placas iniciado por el gobierno del estado.


Puntos clave de la iniciativa

-Responsabilidad solidaria para conocer de infracciones;

-Requisitos para el registro vehicular;

-Ampliación de sujetos a registro para placas de demostración o traslado y vigencia;

-Abandono a favor de vehículos a favor del fisco del Estado y su enajenación.

Fuente Congreso del Estado

Puntos clave del canje de placas

-Se contribuye con la seguridad pública en materia de delitos relacionados con vehículos al actualizar la información del Padrón Vehicular.

-Será gratuito para aquellos contribuyentes que realicen el trámite entre el 1 de septiembre y el 31 de diciembre de 2020.

-Las nuevas placas de circulación contarán con mayores elementos de seguridad.

-La placa metálica y la tarjeta de circulación se encontrarán vinculadas a través de un código QR.

-Las nuevas tarjetas de circulación serán de un material de mayor durabilidad y contendrán adiciones en sus elementos de seguridad.

Fuente Gobierno del Estado



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