Hace una semana el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco (ITEI), recibió un recurso de revisión sobre una solicitud de información que solicitaba a la Secretaría de Salud un informe de los costos de adquisición de fumigante, “está en este momento en proceso de que tengan que contestar, me parece que fue apenas en esta semana o hace ocho días que se le requirió”, detalló Cynthia Cantero Pacheco, titular del ITEI.
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En el transcurso de 2019 la Secretaría de Salud es una de las instancias que ha recibido más solicitudes de información, principalmente en lo que concierne a procesos de la dependencia, expuso Cantero Pacheco.
La Fiscalía del Estado es otra de las instancias que ha generado recursos de revisión por la solicitud de un rubro estadístico de las averiguaciones previas contra ministros de la Luz del Mundo.
La funcionaria enfatizó que todas las dependencias públicas están obligadas a proporcionar estadística, siempre y cuando no se trate de datos personales. “Todas las autoridades están completamente obligadas a entregar información estadística del quehacer institucional. Lo que se cuida es que no se dé información en cuanto a datos personales pero en cuanto al trabajo de la Fiscalía es información que tiene que proporcionarse”, dijo la titular.
Una vez que la dependencia notifica al ITEI que ya recibió el recurso de revisión, el ITEI corrobora con el solicitante si le fue entregada la información y si está conforme con la misma, “si el solicitante ya no hace ninguna manifestación, damos por cumplido el requerimiento y damos por finalizado el proceso”, concluyó.
El acceso de los ciudadanos a la información pública es un derecho constitucional estipulado en el artículo 6: “toda persona tiene derecho al libre acceso a información plural y oportuna, así como a buscar, recibir y difundir información e ideas de toda índole por cualquier medio de expresión… Los sujetos obligados deberán documentar todo acto que derive del ejercicio de sus facultades, competencias o funciones, la ley determinará los supuestos específicos bajo los cuales procederá la declaración de inexistencia de la información”.
JMH