Para garantizar el orden, el desarrollo de la jornada electoral y la instalación de más de 20 mil casillas distribuidas en el territorio mexiquense, a partir del sábado 1 de junio y hasta las 23:59 horas del domingo 2 de junio, se aplicará la Ley Seca ,
Por lo que no podrán vender alcohol establecimientos como vinaterías, tiendas de abarrotes, depósitos de cerveza, supermercados con licencia para la venta de vinos y licores, tiendas departamentales, bares y centros de entretenimiento.
A dos días de que se lleven a cabo las elecciones más grandes en la historia de nuestro país, por la elección de la próxima presidenta o presidente de la República, senadores, diputados federales, diputados locales, presidentes municipales, regidores y síndicos.
Esta medida de prohibición ya fue confirmada por el Estado de México, junto con Aguascalientes, Ciudad de México, Coahuila, Chihuahua, Chiapas, Durango, Guerrero, Morelos, Puebla, Quintana Roo y Tamaulipas.
De acuerdo con la Gaceta Oficial de Gobierno del 5 de abril y el artículo 348 del Capítulo Quinto del Código Electoral del Estado de México, los 125 municipios aplicarán la Ley Seca el día previo y durante la jornada electoral, "queda prohibida la venta de bebidas embriagantes en las unidades económicas cuya actividad principal sea esa".
Cabe mencionar que en las pasadas elecciones presidenciales, celebradas en julio del 2018, en el Estado de México se aplicó la misma medida con el propósito de garantizar el orden durante los comicios presidenciales.
Restaurantes están exentos
Al respecto, la Cámara Nacional de la Industria Restaurantera y Alimentos Condimentados (Canirac) en la entidad, reiteró que la Ley Seca no aplica en sus establecimientos.
Según el artículo 348 del Código Electoral. "Se exceptúa de dicha prohibición a los restaurantes cuya actividad principal sea la venta de alimentos preparados, y en su caso, como actividad complementaria la venta de bebidas alcohólica”.
Su presidente Pablo Durán Gallastegu exhortó a los ayuntamientos a acatar la norma y evitar enviar circulares sin fundamento. "En comicios anteriores algunos municipios han girado circulares y oficios a los prestadores de servicios del ramo, argumentando que no puede pueden llevar a cabo su actividad comercial, lo cual muchas veces es por desconocimiento, ocurrencia o por cuestiones políticas".
Por último, recalcó que su sector aboga al derecho y a lo que le corresponde, pues la Ley los ampara y no tiene por que limitarse su actividad comercial, dado que está dentro del marco legal actual.
¿Por qué está prohibido beber alcohol en la jornada electoral?
Esta medida está prevista en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, así como el Código Electoral del Estado de México.
En el párrafo segundo del artículo 300 de la Ley General, se explica que esta medida está encaminadas a no afectar el ejercicio electoral.
Mientras que en el segundo del artículo 348 del Código Electoral del Estado de México, se indica que queda prohibida la venta de bebidas embriagantes, en vinaterías, licorerías, cervecerías, expendios, tiendas de conveniencia, de autoservicio, supermercados, abarrotes, bares, cantinas, videobares, pulquerías, centros nocturnos y centros botaneros.
PNMO