Ayer, el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa en el Estado se desahogó la sesión para resolver la revisión del juicio de amparo 390/2016, en que el empresario Guillermo Moreno Ibarra reclama que el tribunal agrario y la comunidad indígena de Mezcala lo reconozcan como comunero.
Para los comuneros, se trata de una trampa para no reintegrar el territorio comunal. “La comunidad indígena lleva ya diecinueve años esperando que se restituyan las tierras invadidas […] los magistrados quienes sesionaron fueron José Manuel Mojica Hernández (ponente), Elías Hermenegildo Banda Aguilar y Hugo Gómez Ávila. El ponente anunció que ante la controversia de si el empresario debía de ser juzgado como comunero o no, solicitaba se suspendiera la sesión para revisar con mayor profundidad el conflicto agrario. De manera unánime los tres magistrados aceptaron la propuesta del ponente”, señalan en un comunicado emitido por la tarde.
“La preocupación de los comuneros y pobladores de Mezcala es que si los magistrados juzgan al empresario como comunero, los diecinueve años del juicio de restitución se echarían a la basura, ya que se iniciaría un nuevo proceso pero ahora se le juzgaría como comunero y por lo tanto no habría ninguna restitución de tierras para la comunidad; en cambio si los magistrados lo juzgan como un particular que es la calidad que tenía al inicio del juicio agrario, tendría entonces que restituir las tierras al pueblo de Mezcala”, añade.
Guillermo Ibarra, subrayan, “es un invasor. Este empresario se hizo comunero de manera ventajosa, ya que compró su sucesión. La comunidad de Mezcala no lo reconoce como comunero”. Los campesinos cocas lo dicen: “nosotros los comuneros nos conocemos, somos vecinos, somos familia. Nos vemos en las asambleas, en el cerro, en la isla de nuestro pueblo….este hombre no tiene nada de nosotros”.
Mezcala cuenta con 3,600 hectáreas de territorio comunal. Sobre este juicio agrario ha recibido dos sentencias favorables. La primera sentencia fue en el año de 2014 y la emitió el Tribunal Unitario Agrario 15, mientras que la segunda la dictó el Juzgado Tercero de Distrito en Materia Administrativa y de Trabajo. “Ambas le dan la razón legal a la comunidad indígena coca de Mezcala”, reiteran.
SRN