Los estudiantes y trabajadores de la máxima casa de estudios en Puebla, es decir la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla (BUAP), tendrán un megapuente por Día de Muertos este 2024.
El aviso de la suspensión de clases llegó este lunes 28 de octubre a los trabajadores de la BUAP, debido a que este beneficio fue producto del trabajo de los sindicatos de la universidad, que lograron obtener este día de asueto para que coincida con los descansos previstos de noviembre, y AQUÍ te contamos todos los detalles.
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¿Qué días NO habrá clases en la BUAP?
De acuerdo con el comunicado enviado a los trabajadores de la universidad, a partir del próximo jueves 31 de octubre y hasta el lunes 4 de noviembre los trabajadores y alumnos de la BUAP podrán descansar y así disfrutar de las actividades y tradiciones por el Día de Muertos.
"Conforme a las solicitudes realizadas por parte del Sindicato Independiente de Trabajadores No Académicos (SITBUAP) y de la Asociación Sindical de Personal Académico (ASPABUAP) ambos de esta Institución, se autoriza que el próximo jueves 31 de octubre del año en curso, sea concedido como día no laborable."
Esta suspensión de labores fue aprobada por la rectora de esta institución Dra. María Lilia Cedillo Ramírez, por lo que tanto maestros, como estudiantes y trabajadores administrativos de la universidad podrán descansar los días: jueves 31 de octubre, viernes 1 de noviembre, sábado 2 de noviembre y domingo 3 de noviembre, para reincorporarse a sus actividades el lunes 4 de noviembre.
¿Qué trabajadores no podrán descansar en el megapuente de la BUAP?
Sin embargo este descanso de la BUAP solo será dado a aquellos cuya interrupción de su trabajo no afecte a terceros:
"Con excepción del personal que por la naturaleza del trabajo que desempeña no es posible su interrupción, como lo son: el personal del Hospital Universitario de Puebla (HUP), de Radio BUAP, de la Dirección de Apoyo y Seguridad Universitaria (DASU) y de la Dirección de Infraestructura Educativa (DIE) por los trabajos que se están realizando en CU2".
De acuerdo con el comunicado, en estos casos, los días otorgados se programarán en términos de lo previsto por la cláusula 43 del contrato celebrado con el SITBUAP y de la cláusula 52 del contrato celebrado con la ASPABUAP.
CHM