Múltiples organizaciones rechazan las acciones del Comisionado del Instituto Nacional de Migración, Francisco Garduño, quien, pese a no tener la facultad para ello, declaró en días pasados haber dado instrucciones para separar de sus familias a niños, niñas y adolescentes que intentan cruzar la frontera norte, con el argumento de que es una "imprudencia" de los padres hacer que sus hijos e hijas se arriesguen a adentrarse en el río Bravo.
En entrevista con MILENIO, el coordinador regional de Tejiendo Redes Infancias en América Latina y el Caribe, Juan Martín Pérez, calificó las declaraciones del titular como una provocación, pues esto va en contra de los tratados internacionales y la Constitución, así como de las leyes en materia de migración y protección de la niñez, "claramente el comisionado sabe que está violando la ley", aseveró.
Añadió que el interés superior de la niñez, establecido en la Constitución mexicana, “no significa una decisión adulta absoluta o lo que cada quien quiera interpretar”, y recordó que existen criterios para su aplicación en la Convención de los Derechos del Niño, la propia Ley General de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes, así como el protocolo emitido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
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El pasado 14 de marzo, Francisco Garduño declaró en la presentación del operativo de Semana Santa en Oaxaca que los niños serían seàrados de sus padres en zonas fronterizas de riesgo como el Río Bravo “yo ya di instrucciones de que si es necesario, los niños se los quiten a los padres para poder nosotros tutelar el interés superior que es la niñez y no vamos permitir que pongan en riesgo la integridad y su vida, así sean los padres”.
Al respecto, el Instituto para las Mujeres en la Migración apuntó que el hecho de que las familias sean emigrantes, no le da al INM la autoridad para transgredir el derecho a la vida en familia, sin importar la edad de las personas, a quienes solo se les puede afectar este derecho por un mandato judicial y considerando siempre el interés superior de la niñez.
Por el contrario, recordó que este organismo sí tiene la obligación de ordenar proveerles de una tarjeta de visitante por razones humanitarias como una medida precautoria, así como canalizar a las personas migrantes a la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados y notificar a las Procuradurías de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes para que por esta vía establezcan un plan de restitución de derechos.
“Si el INM tiene interés en que las familias no se pongan en riesgo al cruzar el Río Bravo se deberían implementar acciones que les permitan realizar cruces seguros por los puertos de entrada, expedir las tarjetas de visitante por razones humanitarias que prevé la ley para niñas, niños y adolescentes y sus familias, combatir la extorsión y el abuso contra las personas migrantes, eliminar la política migratoria de contención que obliga a las familias a transitar por lugares más peligrosos, a subir al lomo de un tráiler, a cruzar por puntos que ponen en riesgo su vida, y a dejar de coadyuvar con las políticas migratorias estadounidenses”, aseveró.
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HCM