Tras los comicios pasados, en los estados de Aguascalientes, Baja California, Durango, Puebla, Quintana Roo y Tamaulipas, donde se eligieron 148 cargos de elección popular, entre los que destacaron gobernadores, diputados y ayuntamientos, se hizo un análisis en las propagandas de los candidatos, pues en varias se utilizó como imagen principal, niños y niñas.
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Por ello, el magistrado Felipe de la Mata Pizaña, ofreció una conferencia magistral, con el nombre: “Protección del interés superior del menor en la propaganda electoral”, en la que se destacó la necesidad de generar un sistema completo de protección a la infancia.
“Hay que incluir la protección a niñas y niños que aparecen en propaganda política en la próxima reforma electoral”, indicó el magistrado de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) Felipe de la Mata Pizaña.
Consideró que la protección de los derechos de la infancia en la propaganda electoral de los partidos políticos se convierte en una línea importante a incluir, para la máxima protección de la niñez, si es que va a darse una reforma electoral en el Congreso de la Unión.
La conferencia se centralizó en la afectación o no de la niñez cuando es usada su imagen en propaganda electoral.
“En que en la próxima reforma electoral debería generarse un sistema completo de protección a la infancia”, adelantó que el próximo martes cuando acuda a los foros donde se discuten cambios a la ley en la Cámara de Diputados, él mismo planteará el tema.
De la Mata Pizaña se dijo sorprendido que antes no se hubiera planteado el caso ante autoridades electorales: “El tema es una línea importante me parece, si es que va a haber una reforma electoral, porque todo el mundo está discutiendo muchas cosas de una reforma ¿no? Y yo creo que hay un tema sustantivo que hay que también subir a la mesa de la reforma en su caso, que es la protección de los derechos de la infancia en la propaganda electoral”, finalizó.
Y es que, el uso de los niños en spots electorales es un recurso detestable y con poco valor ético en la política, que sólo expone a los menores a burlas y los sujeta a un partido político a futuro, tal y como pasó en el caso de Yuawi López, menor conocido por el spot de “Movimiento Naranja”, donde se explotó su condición de inteligente, indígena y de vulnerabilidad para generar una mercadotecnia electoral.
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A la conferencia, también le acompañó la magistrada Gabriela del Valle Pérez, y los también magistrados Jorge Sánchez Morales, presidente de la sala regional Guadalajara, moderador del encuentro, y Sergio Arturo Guerrero Olvera.
PARA SABER
EL ARTÍCULO 19 DE LA CIDH DETALLA LOS DERECHOS A LAS MEDIDAS DE PROTECCIÓN QUE TIENEN LOS MENORES DE EDAD
• La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) detalla en su artículo 19 que todo niño tiene derecho a las medidas de protección que su condición de menor requieren por parte de su familia, de la sociedad y del Estado.
• Mientras que la Constitución Mexicana explica en el artículo 1 que queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.
JMH